SAP Toledo 36/2008, 3 de Junio de 2008

PonenteJUAN MANUEL DE LA CRUZ MORA
ECLIES:APTO:2008:717
Número de Recurso141/2007
Número de Resolución36/2008
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

SENTENCIA

Ante esta Audiencia Provincial se ha visto el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección número 141 de 2007, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 5 de Talavera de la Reina, por una falta de maltrato de obra y una falta de injurias, en el Juicio de Faltas Núm. 209/07, en el que han intervenido, como apelante Agustín , defendido por el Letrado SrJuan Andrés Gómez Rico; y como apelados el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción Núm. 5 de Talavera de la Reina , con fecha 21 de Agosto de 2007, se dictó sentencia en el juicio de faltas de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que DEBO CONDENAR y CONDENO a Agustín como autor responsable, de una FALTA DE LESIONES previstas en el artículo 617.2 del C.P . a la pena de 30 DIAS DE MULTA a razón DE 6 EUROS DIARIOS. Quedando sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.DEBO CONDENAR Y CONDENO a Agustín como autor responsable, de una FALTA DE INJURIAS previstas en el artículo 620.2 del C.P . a la pena de 20 DIAS DE MULTA a razón DE 6 EUROS DIARIOS. Quedando sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.".-SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por Agustín , dentro del término establecido se interpuso recurso de apelación formulando por escrito sus motivos de impugnación, y recurso del que se dio traslado al resto de las partes, que le contestaron por escrito, los que fueron unidos al correspondiente procedimiento, y efectuado se remitió a esta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo y nombrado Ponente, quedaron vistas para dictar resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que " en el día 1 de mayo de 2007, Agustín entró en el bar "El Mercado", sito en la calle Zona nº 10, de la localidad de Talavera de la Reina, una vez tomó la consumición, pidió una factura, dándole Jesús María un ticket, pidiendo Agustín nuevamente una factura, como no se la daba Jesús María , tiro un taburete tirando Agustín , debido a este comportamiento Jesús María junto con su hermano con su hermano Luis Pablo y otros clientes sacaron a la calle al denunciado, el cual ha empezado a dar patadas a la puerta del establecimiento sin causar daño alguno Agustín ha entrado de nuevo al establecimiento, dando un manotazo a Luis Pablo y otros clientes sacaron a la calle al denunciado, el cual ha empezado a dar patadas a la puerta del establecimiento sin causar daño alguno, Agustín ha entrado de nuevo al establecimiento, dando un manotazo a Luis Pablo y escupiendo a Jesús María y diciendo"españoles, hijos de puta, muertos de hambre". Como consecuencia de tales hechos Luis Pablo no sufrió lesión. ".-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que se recurre la sentencia de condena por sendas faltas de maltrato de obra sin causar lesión y de injurias, alegando como motivo de recurso, violación del art. 50.5 del Código penal .

El precepto citado como específico establece que: los jueces y Tribunales determinarán motivadamente la...

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