STSJ Comunidad de Madrid 1058/2005, 5 de Octubre de 2005

PonenteJOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA
ECLIES:TSJM:2005:9843
Número de Recurso2/2003
Número de Resolución1058/2005
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNAJOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZANTONIA DE LA PEÑA ELIASMIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOSJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 01058/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

SENTENCIA 1058

RECURSO NÚM.: 2-2003

PROCURADOR: D. OSCAR GARCÍA CORTÉScol 1.421

Ilmos. Sres.:

Presidente

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados

D. J. Ignacio Parada Vázquez

Dña. María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo

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En la Villa de Madrid a cinco de octubre de dos mil cinco.

Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2/2003 interpuesto por el Procurador D. Oscar García Cortés, en representación de UNILEVER NV., contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 10 de septiembre de 2002, marca nacional número 2.370.164; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

Estimándose necesario el recibimiento a prueba, con el resultado que obra en autos, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo la audiencia del día 04/10/2005 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 10 de septiembre de 2002 que desestima recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 20 de noviembre de 2001 que acordó la concesión de la inscripción de la marca nacional número 2.370.164 "PENACTIV", para productos de la clase 5 consistentes en: Productos farmacéuticos, higiénicos y sustancias dietéticas para uso médico.

SEGUNDO

La entidad recurrente solicita en la demanda que se declare nula y sin efecto la resolución recurrida, dictando otra resolución por la que se deniegue la marca concedida, alegando, en resumen, como fundamento de su pretensión, que es titular del registro prioritario marca comunitaria nº 1.851.013 "PROACTIV", mixta en la clase 5 que protege "alimentos...

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