Cuestión Vinculante nº V0521-07 de Direccion General de Tributos, 13 de Marzo de 2007

Fecha13 Marzo 2007

El artículo 39 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, dedicado a las deducciones por inversiones medioambientales, establece que:

1. Las inversiones realizadas en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente consistentes en instalaciones que eviten la contaminación atmosférica procedente de instalaciones industriales, contra la contaminación de aguas superficiales, subterráneas y marinas para la reducción, recuperación o tratamiento de residuos industriales para la mejora de la normativa vigente en dichos ámbitos de actuación, darán derecho a practicar una deducción en la cuota íntegra del 10 por ciento de las inversiones que estén incluidas en programas, convenios o acuerdos con la Administración competente en materia medioambiental, quien deberá expedir la certificación de la convalidación de la inversión.

(…)

Asimismo, la disposición adicional décima del TRLIS, introducida por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, establece que las deducciones reguladas en el artículo 39 del TRLIS se determinarán multiplicando los porcentajes de deducción por el coeficiente 0,8, en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007, debiéndose redondear en la unidad superior el porcentaje de deducción que resulte.

Estas deducciones por inversiones medioambientales se desarrollan en los artículos 33 a 38 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS), aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, que en su artículo 33 establece que:

"Artículo 33. Ámbito de aplicación: instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de la Ley del Impuesto, los sujetos pasivos podrán deducir de la cuota íntegra el 10 por ciento del importe de las inversiones realizadas en elementos patrimoniales del inmovilizado material destinados a la protección del medio ambiente, consistentes en:

  1. Instalaciones que tengan por objeto alguna de las siguientes finalidades:

  1. Evitar o reducir la contaminación atmosférica procedente de las instalaciones industriales.

  2. Evitar o reducir la carga contaminante que se vierta a las aguas superficiales, subterráneas y marinas.

  3. Favorecer la reducción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Deducciones por inversiones medioambientales. Artículo 39.1 TRLIS vigente hasta 2015
    • España
    • Práctico Asesor Practico Impuestos Práctico Impuesto sobre Sociedades Deducciones para la realización de determinadas actividades Deducciones por inversiones medioambientales
    • 1 Noviembre 2022
    ...derecho a la aplicación de la deducción, en la medida en que las aeronaves no tienen la consideración de “instalaciones industriales” (CDGTV 0521/2007 [j 2]). Por su parte, es el art. 38 RIS 2004 . “Requisitos de la deducción por instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente”,......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR