SAP Valencia 100, 6 de Mayo de 2002
Ponente | JOSÉ FRANCISCO BENEYTO GARCÍA ROBLEDO |
Número de Resolución | 100 |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia |
Rollo nº 175-02
Sección Séptima
AUTO Nº100
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos señores Magistrados:
Presidente:
D. Jose Fco Beneyto Gª Robledo
Magistrados:
D.Jose Antonio Lahoz Rodrigo
Dª. Pilar Cerdan Villalba
En Valencia a seis de Mayo de dos mil dos.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, incidencia sobre liquidación de intereses moratorios en juicio verbal de tráfico; seguida entre partes, y en los autos 604/2000 en el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Valencia; de una, como demandante y perjudicada, apelante Dª L. , representada por la Procuradora Dª G.P.B. y asistida de la letrada Dª M.T.M.; y, de otra, como demandada-apelada, la entidad "M., M.S.R.P.F. ", representada por el Procurador D.J.R.G. y asistida del Letrado D. A.G.H..
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jose Fco Beneyto Gª Robledo.
En dichos autos y con fecha 10 de Diciembre de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Valencia, se dictó auto, cuya parte dispositiva es como sigue: "LA SALA ACUERDA: Que estimando la impugnación articulada por la parte ejecutada ,acuerdo proceder a la liquidación de los intereses devengados en la forma arriba indicada; y con imposición de costas a la parte actora". Y antes de ello, estableciendose en el Fundamento Juridico primero, que "..debe procederse a la liquidación de los intereses devengados, distinguiendo dos tramos: durante los dos primeros años desde el accidente (del 5-6-99 al 4-6-01) se aplicará el interes legal del dinero incrementado en un 50% y a la transferencia bancaria), se aplicará un interes del 20%"-. Auto, notificado a los procuradores de las partes en 13 de Diciembre.
En 17 de Diciembre del mismo año se presentó al Juzgado escrito, por lo perjudicada Dª L. , en anuncio y preparación del recurso de apelación que se proponía interponer, en contra del auto resolutorio de la dicha liquidación de intereses.
Y concedido plazo de veinte dias a la parte recurrente, por la providencia de 20 de Diciembre (notificada en fecha 26),para la interposición en forma de la apelación; así consta formalizado el dicho recurso en el escrito de fecha 15 de Enero de 2002;donde se hacían las alegaciones pertinentes, en contra del criterio del Juzgado , y se solicitaba en definitiva, la elevación de las actuaciones a la Audiencia Provincial de Valencia, para la resolución del recurso y por medio del oportuno Auto; que lo estimara, para su modificación, y en acogimiento de la liquidación de intereses que hubiera patrocinado, fijandose el tipo del interes en el 20% anual y desde la fecha del siniestro.
Acordado traslado del recurso a la contraparte y por término de diez dias por la providencia de 17 de Enero de 2002, para la eventual oposición al recurso de apelación, y, en su caso, en propia impugnación del auto recurrido, en lo que le fuera desfavorable; resolución, notificada en 23 de Enero; en lº de Febrero consta presentado escrito por "M....
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