ORDEN de 21 de noviembre de 1996, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Fecha del Boletín: 27-12-1996 Nº Boletín: 250 / 1996

ORDEN de 21 de noviembre de 1996, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 40 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece en su número 4 que la contabilidad de la Comunidad se adaptará al Plan General de Contabilidad Pública que se establezca para todo el sector público.

Como consecuencia de este mandato estatutario, el apartado a) del artículo 146 de la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León señala que a la Intervención General de la Administración de la Comunidad, como Centro Directivo de la contabilidad pública, le corresponde someter a la aprobación de la Consejería de Economía y Hacienda el Plan General de Contabilidad Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En este sentido, la mencionada Intervención General ha elaborado el presente Plan General de Contabilidad Pública al que deberán adaptarse la Administración General de la Comunidad, así como sus Organismos Autónomos y demás entes públicos que según sus características y peculiaridades quedan sometidos al régimen de Contabilidad Pública en los términos previstos en la citada Ley.

Para el desarrollo del presente Plan se ha tomado como modelo el Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 6 de mayo de 1994, que a su vez tiene como marco de referencia el Plan Contable para el sector empresarial aprobado por el Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, ya adaptado a la normativa europea.

Para su elaboración se han atendido además las recomendaciones establecidas por la Comisión de Principios y Normas Contables Públicas creada por Resolución de 28 de diciembre de 1990 de la Secretaría de Estado de Hacienda, en la que esta Administración autonómica estaba representada.

El Plan General de Contabilidad Pública referido constituye el modelo para las demás Administraciones Públicas, lo que supone aceptar sus principios básicos, sin perjuicio de la oportuna adaptación de sus cuentas, de sus definiciones y relaciones contables a las peculiaridades de cada una de ellas. No obstante, se ha tenido en cuenta que la uniformidad contable es indispensable para integrar y consolidar los datos de las Administraciones Públicas en la Contabilidad Nacional.

La concepción tradicional de la Contabilidad Pública, como disciplina al servicio del cumplimiento del control presupuestario, ha evolucionado en aras a la obtención de una información útil que permita mejorar la gestión a través de ópticas modernas, tales como la eficiencia y la eficacia.

Dichas magnitudes y conceptos que nacen y se acuñan en el sector empresarial, al aplicarlas al ámbito público requieren un sistema de comunicación e información demandado por una pluralidad de sujetos públicos y privados, por lo cual surge la necesidad de implantar la Contabilidad General y por lo tanto de aprobar el presente Plan.

En relación con el sistema de información, los importantes avances en el campo de la informática y de las telecomunicaciones producidos en los últimos años han sido determinantes en orden a la consecución de determinados fines, ello, sin duda alguna, ha influido en la evolución de la propia concepción de la contabilidad.

En este sentido, la legislación más reciente favorece el desarrollo de estos sistemas de información de lo cual es ejemplo la Ley 30/1995 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común al disponer en su artículo 45.1 que «las Administraciones Públicas impulsarán el empleo y aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el ejercicio de sus competencias».

En atención a este mandato, desde el año 1990, la Consejería de Economía y Hacienda ha venido implantando en sucesivas etapas el Sistema de Información Contable de Castilla y León, S.I.C.C.A.L., con el que se pretende, entre otros objetivos, atender los fines asignados a la Contabilidad Pública.

Dentro de este sistema de información contable, el Subsistema de Contabilidad General, se constituye en el elemento principal en cuanto que recoge en los términos del Plan General de Contabilidad Pública las operaciones de carácter económico que tengan repercusión financiera, patrimonial o económica en el ámbito de cada Ente Público, permitiendo presentar la composición y estructura de su patrimonio en cada momento, así como determinar los resultados de la gestión desde el punto de vista económico.

En virtud de lo anterior y de conformidad con cuanto establece la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Artículo 1 º Aprobación del Plan General de Contabilidad Pública

Se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad de Castilla y León con el carácter de Plan Marco, al que se han de adaptar los planes de contabilidad de los diferentes centros a los que es de aplicación, cuyo texto se inserta como Anexo a esta Orden.

Art. 2.º Ambito de Aplicación. El Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad de Castilla y León se aplicará por las siguientes entidades:

  1. La Administración General de la Comunidad de Castilla y León.

  2. Los Organismos Autónomos a que se refiere el artículo 16.3.a) de la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.

  3. Los Entes Públicos recogidos en el artículo 16.3.b) de la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León de acuerdo con su normativa específica.

DISPOSICION TRANSITORIA

El Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad de Castilla y León se implantará de forma sucesiva en las diferentes entidades públicas a las que se refiere el artículo segundo. Para ello se aprobarán en la forma establecida en el apartado c) del artículo 146 de la Ley 7/1986 de 23 de diciembre de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, planes parciales o especiales de contabilidad pública elaborados a estos efectos y conformes al Plan General.

La implantación irá acompañada de la entrada en funcionamiento del Subsistema de Contabilidad General, que integrado en el Sistema de Información Contable de la Comunidad de Castilla y León se desarrollará de acuerdo con las exigencias del Plan.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 1997.

Valladolid, 21 de noviembre de 1996.

La Consejera de Economía y Hacienda,

Fdo.: Isabel Carrasco Lorenzo

ANEXO

PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD PUBLICA DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON

SUMARIO

Introducción

Primera parte. Principios contables.

Segunda parte. Cuadro de cuentas.

Tercera parte. Definiciones y relaciones contables.

Grupo 1. Financiación básica.

Grupo 2. Inmovilizado.

Grupo 3. Existencias.

Grupo 4. Acreedores y deudores.

Grupo 5. Cuentas financieras.

Grupo 6. Compras y gastos por naturaleza.

Grupo 7. Ventas e ingresos por naturaleza.

Grupo 0. Cuentas de control presupuestario.

Cuarta parte. Cuentas anuales.

1. Normas de elaboración de las cuentas anuales.

2. Modelos de cuentas anuales.

Balance.

Cuenta de resultado económico-patrimonial.

Estado de liquidación del presupuesto.

Memoria.

Quinta parte. Normas de valoración.

1. Desarrollo de los principios contables.

2. Inmovilizado material.

3. Normas particulares sobre inmovilizado material.

4. Inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas.

5. Inmovilizado inmaterial.

6. Gastos a distribuir en varios ejercicios.

7. Valores negociables.

8. Créditos y demás derechos a cobrar no presupuestarios.

9. Obligaciones propias.

10. Deudas y demás obligaciones no presupuestarias.

11. Derechos a cobrar presupuestarios y obligaciones presupuestarias.

12. Existencias.

13. Diferencias de cambio en moneda extranjera.

14. Impuesto sobre el Valor Añadido.

15. Compras y otros gastos.

16. Ventas y otros ingresos.

17. Cambios en criterios contables y estimaciones.

18. Principios y normas de contabilidad generalmente aceptados.

INTRODUCCION

La contabilidad pública en la Comunidad de Castilla y León:

La Comunidad de Castilla y León, al igual que otras administraciones públicas ha sido partícipe en el proceso de evolución del concepto de contabilidad pública recogiendo en el Título VI de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León el ámbito subjetivo del régimen de Contabilidad Pública y señalando en su artículo 145, los fines que ha de cumplir ésta.

Hasta el momento actual los métodos y sistemas contables aplicados a la Comunidad de Castilla y León han girado, principalmente, en torno al seguimiento y control de la ejecución del presupuesto.

Es por ello que, en aras a la incorporación al proceso de modernización y normalización contable de las administraciones públicas, hoy resulta necesario cumplir, a través de la contabilidad pública de la Comunidad de Castilla y León fines de gestión, mediante la determinación de resultados presupuestarios, económicos y, en su momento, analíticos; de control, permitiendo el desarrollo de sistemas que incorporen criterios de eficacia y de eficiencia así como de información necesarios, tanto para la toma de decisiones como para la evaluación de los objetivos alcanzados.

Para la consecución de estos fines es necesario el establecimiento de un sistema de Contabilidad General y que viene a definir el presente Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad de Castilla y León.

Dado que uno de los ejes del concepto de contabilidad pública es el de ser un sistema de información soportado informáticamente, la Administración de la Comunidad de Castilla y León ha venido implantando un sistema de información contable, S.I.C.C.A.L., que permite, como sistema abierto y flexible que es, la introducción de diversos subsistemas que contribuyen a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR