SAP Madrid 310/2005, 30 de Mayo de 2005
Ponente | PURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA |
ECLI | ES:APM:2005:6294 |
Número de Recurso | 477/2004 |
Número de Resolución | 310/2005 |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª |
Dª. PURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSAD. JUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZD. RAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20
MADRID
SENTENCIA: 00310/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 20ª
SENTENCIA Nº
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 477/2004
Ilmos. Sres. Magistrados:
PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA
JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ
RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON
En MADRID, a treinta de mayo de dos mil cinco.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 406/2003, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCIÓN N. 2 de ALCORCÓN, a los que ha correspondido el Rollo 477/2004, en los que aparece como parte apelante Constantino, y como apelado y también impugnante Luis, sobre reclamación de cantidad, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcorcón, en fecha 18 de febrero de 2004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por Don Constantino representado por el Procurador Don Miguel Argote Esteso contra Don Luis representado por el Procurador Doña Vicenta Berrocal Ávila, sobre incumplimiento de contrato, debo condenar y condeno a Don Luis a que tan pronto sea firme esta sentencia abone a la parte actora la cantidad de 205'75 euros de principal, los intereses legales expresados, sin expresa declaración sobre costas procesales.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo al apelado, que presentó escrito oponiéndose al recurso e impugnando la sentencia, a lo cual se opuso asimismo la contraparte. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
No se aceptan los de la sentencia apelada en cuanto contradigan a los siguientes.
Por el Juez "a quo" se ha dictado sentencia por la que se ha desestimado parcialmente la demanda promovida por Don Constantino contra Don Luis y ha condenado al mismo sólo al pago de 205'75 euros en concepto de indemnización por los daños causados al instalar el armario empotrado encargado por el actor; por el contrario, le ha absuelto del resto del principal reclamado, al considerar que no procede la resolución del contrato de ejecución de obra celebrado entre ambas partes, puesto que, de los dos informes periciales obrantes en autos, se acredita que el armario podía ser colocado de las dos formas, no constando que se encargase su instalación de una determinada.
Contra dicha resolución se ha alzado el demandante aduciendo, como único motivo de recurso, el error en el que, a su entender, ha incurrido el juzgador "a quo", puesto que, tanto del documento nº 2 de la demanda, como de los dictámenes periciales, se acredita que el armario debió ser "cajeado" y pegado a la pared, por lo que, al no haberlo efectuado así, ha frustrado sus legítimas expectativas, causándole adicionales perjuicios al tener que desplazar los otros muebles y dificultar la mesilla del cabecero la entrada al dormitorio.
Dado el oportuno traslado, el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS 12/2013, 21 de Enero de 2013
...83/04 ante el Juzgado de lo Penal n.º 13 de Madrid, donde recayó sentencia que, recurrida por ambas partes, fue confirmada por la SAP de Madrid de 30/5/2005 , y reclamándose el total de 157.673,67 euros que la actora fue consignando en el proceso penal en sucesivas fechas 14/11/02, 16/7/04,......