SAN 4/2003, 31 de Enero de 2003

EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 3ª
ECLIES:AN:2003:153

Procedimiento abreviado número 207/95.

Rollo de Sala núm. 6/2000

Juzgado Central de Instrucción núm. cinco.

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL.

SEC. TERCERA.

Presidente

Ilma. Sra. Dña. Angela Murillo Bordallo.

Magistrados

Iltmo. Sr. D. Javier Gómez Bermúdez (ponente).

Iltmo. Sr. D. Eduardo de Nó Louis Magalhaes

En nombre de S.M. EL REY

dictan la siguiente,

SENTENCIA 4/03

En Madrid a treinta y uno de enero de dos mil tres

Visto en juicio oral y público la causa procedente del P. Abreviado núm. 207/95 instruida por presunto delito de blanqueo de dinero procedente del tráfico ilegal de sustancia estupefaciente y delito fiscal y otros, por el Juzgado Central de Instrucción núm. 5, Rollo de Sala núm. 6/2000, causa en la que ha sido parte acusadora el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción penal pública, representado por el Iltmo. Sr. Don Javier Zaragoza.

Se ha juzgado a los siguientes acusados:

Ángel Jesús

Nacido en Villanueva de Arosa (Pontevedra) el 17 de noviembre de 1932, hijo de Melchor y Adelaida, con DNI núm. NUM000. De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Don Juan Carlos Rodríguez Segura y representado por el Procurador Don Juan de la Ossa Montes.

Rebeca

Nacida en Villanueva (Santander) el 14 de enero de 1935, hija de Felipe y Encarnación, con DNI. núm. NUM001.

De ignorada solvencia

Defendida por el Letrado Doña Rosa Sanz Carrasco y representada por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén.

Mercedes

Nacida en Villanueva de Arosa (Pontevedra) el 19 de diciembre de 1955, hija de Manuel y Josefa, con DNI. núm NUM002.

De ignorada solvencia.

Defendida por el Letrado Don Manuel Cobo del Rosal y representada por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén.

Lucio

Nacido en Villanueva de Arosa (Pontevedra), el 25 de agosto de 1963, hijo de Manuel y Josefa, con DNI. núm. NUM003.

De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Don Jaime Sanz de Bremond y representado por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Juan Ramón

Nacido en Villanueva de Arosa (Pontevedra), el 8 de julio de 1972, hijo de Manuel y Josefa, con DNI. núm. NUM004.

De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Don Manuel Cobo del Rosal y representado por el Procurador Doña Isabel Julia Corujo.

Antonia

Nacida en Villanueva de Arosa (Pontevedra), el 20 de agosto de 1954, hija de Manuel y Josefa, con DNI. núm NUM005.

De ignorada solvencia.

Defendida por el Letrado Don Armando Ródenas Barrera y representada por el Procurador Don Luciano Rosch Nadal.

María Dolores

Nacida en Villanueva de Arosa (Pontevedra), el 23 de octubre de 1960, hija de Manuel y Josefina, con DNI. núm. NUM006.

De ignorada solvencia.

Defendida por el Letrado Doña Bárbara Royo García y representada por el Procurador Don Tomás Alonso Ballesteros.

Fátima

Nacida en Villanueva de Arosa (Pontevedra), el 25 de septiembre de 1976, hija de Jorge Gabriel y Mª Josefa, con DNI. núm. NUM007.

De ignorada solvencia.

Defendida por el Letrado Don Jaime Sanz de Bremond y representada por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Federico

Nacido en Nápoles (Italia), el 6 de septiembre de 1968, con tarjeta de residente comunitario NUM008.

De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Don Jaime Sanz de Bremond y representada por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Juan Pablo

Nacido en Villagarcía de Arosa (Pontevedra), el 19 de febrero de 1950, hijo de Manuel y Dorinda, con DNI. núm. NUM009.

De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Don Jaime Sanz de Bremond y representado por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Felipe

Nacido en Moraña (Pontevedra), el 1 de septiembre de 1958, hijo de Ramón y Agustina, con DNI. núm. NUM010.

De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Don José Núñez Sanz y representado por el Procurador Doña María José Corral Losada.

Rodrigo

Nacido en Moraña (Pontevedra), el 7 de noviembre de 1941, hijo de Edelmiro y Benedicta, con DNI. núm. NUM011.

De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Doña Alicia Moreno Pérez y representado por el Procurador Don Argimiro Vázquez Guillén.

Rocío

Nacida en Isla de Arosa (Pontevedra), el 2 de diciembre de 1968, hija de José Manuel y de Juana, con DNI. núm. NUM012.

De ignorada solvencia.

Defendida por el Letrado Don Jaime Sanz de Bremond y representada por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Elsa

Nacida en Villagarcía de Arosa (Pontevedra), el 2 de febrero de 1964, hija de José y María Dolores, con DNI. núm. NUM013.

De ignorada solvencia.

Defendida por el Letrado Don Francisco Velasco Nieto y representada por el Procurador Don Luis Alfaro Rodríguez.

Carlos Francisco

Nacido en Salamanca, el 2 de mayo de 1966, hijo de Francisco y Adela con DNI. núm. NUM014.

De ignorada solvencia.

Defendido por el Letrado Don Francisco Velasco Nieto y representado por el Procurador Don Luis Alfaro Rodríguez.

Son parte como presuntos responsables civiles subsidiarios:

Leonor, defendida por Don Francisco Marquez Conejo y representada por Doña Isabel Julia Corujo.

María Esther, defendida por Doña Aurora Moreno Lombo y representada por Doña Angeles Galdiz Plaza.

Mariano, defendido por Don Armando Ródenas Barrera y representado por Doña Esther Rodríguez Pérez.

Magdalena, defendida por Armando Ródenas Barrera y representada por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Luis Enrique, defendido por el Letrado Don Jaime Sanz de Bremond y representado por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Celestina, defendida por el Letrado Don Jaime Sanz de Bremond y representada por el Procurador Doña Esther Rodríguez Pérez.

Es ponente el Iltmo. Sr. Don Javier Gómez Bermúdez, que por medio de la presente expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado Central de Instrucción núm. cinco, se incoaron diligencias por delitos de blanqueo de capitales, delitos fiscales y otros, que dieron lugar al procedimiento abreviado arriba reseñado.

    Practicada la correspondiente investigación judicial dio el Juzgado traslado al Ministerio Fiscal que solicitó la apertura de Juicio Oral y formuló acusación contra los arriba reseñados.

    Abierto el juicio se dio traslado a las defensas que presentaron sus correspondientes escritos, tras lo cual el Instructor remitió las actuaciones a este Tribunal para su enjuiciamiento y posterior ejecución.

  2. Recibidas las actuaciones se señaló para el comienzo de las sesiones de juicio el día 18 de febrero del presente año, acto que tuvo lugar con la presencia del Ministerio Fiscal, acusados y defensas.

    El día señalado, abierto el acto, a instancias de las defensas, se abrió el turno de intervenciones del art. 793.2 LECr que se resolvieron por acuerdo del día 9 de abril del tenor literal siguiente:

    RESOLUCIÓN

    En Madrid, en la fecha de reanudación de las sesiones del juicio oral, a 11 de marzo de 2002.

ANTECEDENTES
  1. Por auto de 12 de septiembre de 2000 complementado por providencia de 14 de enero de 2002, se señaló para el inicio de las sesiones de juicio oral de la presente causa el día 18 de febrero del presente año.

  2. El día señalado, abierto el acto por la Iltma. Sra. Presidente, y tras la dación de cuenta por la Sra. Secretaria, se abrió a instancias de las defensas un turno de intervenciones para que las partes expusieran lo que estimaran oportuno acerca de la competencia del órgano judicial, vulneración de algún derecho fundamental, existencia de artículos de previo pronunciamiento, causas de suspensión del juicio oral, así como sobre el contenido y finalidad de las pruebas propuestas o que se propusieran para practicarse en el acto, todo ello al amparo de lo previsto en el art. 793.2 de la LECr.

    Dichas intervenciones se prolongaron hasta el término de las sesión del día, suspendiéndose la misma hasta el día 20 de febrero, audiencia en la que el Ministerio Fiscal hizo las alegaciones que estimó oportunas.

    Seguidamente el Tribunal se retiró a deliberar, resolviéndose lo referente a la nueva prueba propuesta y sobre la renuncia de letrados, difiriéndose la resolución del resto de cuestiones al día de hoy.

  3. Cuestiones planteadas por las defensas.

    1. Defensa de Juan Ramón, María Dolores y Mercedes:

  4. Declinatoria de jurisdicción. Entiende que la presente causa al ser desglose del sumario 15/92, debió remitirse al decanato para reparto, lo que no se hizo, por lo que el Juzgado Central y la Sala no son competentes.

    1. Defensa de Ángel Jesús.

    Se adhirió a la solicitud de la defensa anterior. Además:

  5. Solicitó la suspensión porque no ha tenido acceso a la documentación de la causa al no estar en la Sala y no haberse practicado la prueba pericial anticipada solicitada.

    1. Defensa de Rebeca.

      Se adhirió a la solicitud de la primera defensa y a la suspensión de la vista por los mismos motivos que la anterior defensa.

      Dada la avanzada edad de su defendida y su delicado estado de salud, pidió que se le excusara de acudir a la vista oral una vez que hubiere declarado.

    2. Defensa de Antonia y de los responsables civiles subsidiarios Mariano y Magdalena:

      Se adhirieron a las ya planteadas, añadiendo que la prueba pericial tenía que estar a su disposición antes del interrogatorio de su cliente porque su resultado influirá en sus contestaciones.

    3. Defensa de Leonor, responsable civil subsidiario:

      Alegó la vulneración de derechos fundamentales (sin concretar) porque a su cliente se la trajo al proceso tras el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, sin que hubiera podido intervenir en la instrucción de la causa.

    4. Defensa de Rodrigo Se adhirió a la declinatoria de jurisdicción y a la solicitud de suspensión por no estar la pericial a disposición de las partes.

    5. Defensa de Carlos Francisco, Elsa, se adhirió a las cuestiones planteadas por sus compañeros.

    6. La defensa de Rocío, Federico, Fátima, Lucio y Juan Pablo, se adhirió a la declinatoria de jurisdicción. Además planteó:

  6. Nulidad de actuaciones desde el auto de 18 de agosto de 1998 del Juzgado Central de...

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