SAP Madrid 154/2003, 21 de Marzo de 2003
Ponente | Dª. MARIA CONSUELO ROMERA VAQUERO |
ECLI | ES:APM:2003:3641 |
Número de Recurso | 71/2002 |
Número de Resolución | 154/2003 |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª |
Dª. OLATZ AIZPURUA BIURRARENADª. MARIA CONSUELO ROMERA VAQUERODª. ARACELI PERDICES LOPEZ
Rollo n° 71/02
Juzgado de Instrucción n° 4 de Parla
Procedimiento Abreviado 255/02
SENTENCIA N° 154
Audiencia Provincial de Madrid
ILMOS. SRES. SECCIÓN PRIMERA.
PRESIDENTE:DÑA OLATZ AIZPURUA BIURRARENA
MAGISTRADOS:DÑA CONSUELO ROMERA VAQUERO
DÑA ARACELI PERDICES LOPEZ
En Madrid, a veintiuno de marzo de dos mil tres.
Vista por esta Sección primera de la Audiencia Provincial de esta capital en juicio oral y público el rollo número 71/02 procedente del Juzgado de Instrucción número 4 de Parla (PA. n° 255/01) por delito de apropiación indebida, contra Vicente, mayor de edad nacido en Madrid el día 15 de abril de 1966 hijo de Benjamín y de Luisa con domicilio en Aravaca (Madrid ),sin antecedentes penales y de ignorada solvencia, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal El Directo Madrid SA como acusación particular, representado por la Procuradora Dña. Beatriz Sordo Gutiérrez y defendido por el Letrado D. Juan Veiret Ferrer y dicho acusado representado por la Procuradora Dña. María Jesús Rivero Ratón y defendido por el Letrado D. Pedro Caro Carrascal.
Es Ponente la Magistrada Dña. CONSUELO ROMERA VAQUERO
El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito de apropiación indebida del artículo 252 del Código Penal, en relación con los artículos 249 y 250.3° del mismo texto legal, reputando responsable del mismo en concepto de autor al acusado sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal solicitando se impusiera al mismo la pena de un año y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena multa de seis meses con una cuota diaria de 12 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y costas, habiendo de indemnizar a la mercantil "El Directo Madrid SA" en 15.212,88 euros.
La acusación particular (El Directo Madrid SA.) en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de dos delitos de apropiación indebida, del artículo 252 del Código Penal, concurriendo la circunstancia agravante del artículo 250.6 del mismo cuerpo legal siendo autor el acusado, con la concurrencia de la agravante anteriormente reseñada y solicitó la pena de cuatro años de prisión e indemnización en concepto de responsabilidad civil de treinta mil euros a la entidad querellante.
La defensa del acusado, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como no constitutivos de delito y solicitó la absolución de su patrocinado.
Que el acusado Vicente, mayor de edad y sin antecedentes penales, socio de la entidad El Directo Madrid SA y que en septiembre del año 2000 ostentaba la condición de gerente y apoderado de la citada entidad, el día 15 del citado mes, procedió a ingresar en su cuenta corriente particular, dos talones por importe de 947.505 y 1.583.705 pesetas respectivamente, los cuales habían sido emitidos por otros tantos clientes de la sociedad. El acusado con tal operación se compensó de una deuda que para con el mantenía dicha empresa.
En noviembre de 2000, al acusado le fueron revocados los poderes que le conferían los cargos de apoderado y gerente,...
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...que el comportamiento del plural sujeto tenga la finalidad de atentar a la paz pública. [20] En parecido sentido, entre otras: SAP de Madrid de 21 de marzo de 2003 y SAP de Cantabria de 20 de julio de 2005. [21] Vid, por todos: MUÑOZ CONDE, Francisco. Derecho penal. Parte especial. 16ª ed.,......