STSJ Comunidad de Madrid 602/2004, 29 de Junio de 2004

PonenteVALERIANO PALOMINO MARIN
ECLIES:TSJM:2004:8953
Número de Recurso96/2001
Número de Resolución602/2004
Fecha de Resolución29 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANOD. ALFONSO SABAN GODOYD. VALERIANO PALOMINO MARIND. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. GERVASIO MARTIN MARTIN

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00602/2004

Proc. Sr. Fernández Rodríguez

Ltdo. Pflueger Tejero

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 96 de 2001

PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín

S E N T E N C I A Nº 602

Presidente Ilmo. Sr.

Juan Ignacio González Escribano

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy

D. Valeriano Palomino Marín

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

En Madrid a veintinueve de junio de dos mil cuatro

Visto el recurso nº 96 de 2001 interpuesto por Fecanta Sociedad Anónima, representada por el Procurador do Alberto Fernández Rodríguez y defendida por el Letrado don Miguel A. Martínez Fresneda, contra resolución de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid desestimatoria presunta, por silencio administrativo, del recurso de alzada interpuesto contra la desestimación presunta de la solicitud formulada y presentada el 2 de noviembre de 1999 en el sentido de que se reconociera la superficie verdaderamente ocupada con las obras de ampliación del Metro "Madrid-Vallecas-Villa" y la indemnización correspondiente; habiendo sido parte la Comunidad de Madrid demandada representada y defendida por el Letrado de sus Servicios jurídicos.

La cuantía del recurso es de 374.375,36 euros

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos. Y que se declare el derecho de la demandante a percibir, en concepto de indemnización por la mencionada ocupación temporal, la cantidad de 374.375,36 euros además de las cantidades ya recibidas, más los intereses legales

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Las partes cumplimentaron el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, señalándose para deliberación y fallo del recurso el día 28 de junio en curso.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión litigiosa es presentada por la demandante en los siguientes términos:

  1. Como consecuencia de las obras de ampliación de la línea 1 del Metro de Madrid, la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la Comunidad de Madrid, procedió a la ocupación temporal de la finca nº 10 , propiedad de la demandante en el Distrito de Vallecas. (También se ocupó otra finca, la 10.bis, sobre la cual no versa este pleito)

  2. La citada Administración procedió a la ocupación total de la finca en sus 15.987 m2 a pesar de que en el acta correspondiente los representantes de la Administración hicieran constar que la superficie ocupada era solo de 4.611 m2, y el representante de FECANTA manifestó ya en ese mismo momento que la ocupación afectaba a la...

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