STSJ Comunidad de Madrid 767/2004, 13 de Mayo de 2004

PonenteD. JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA
ECLIES:TSJM:2004:6247
Número de Recurso292/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución767/2004
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELADª. ELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTID. JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZD. MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSODª. SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGOD. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOSD. ENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 2ª

Recurso n° 292/2001

SENTENCIA N° 767

Iltmos Sres:

Presidente

D JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA

Magistrados

D. ELVIRA A. RODRÍGUEZ MARTÍ

D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ

D. MIGUEL ANGEL GARCÍA ALONSO

Dña SANDRA GONZÁLEZ DE LARA MINGO

D FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS

D ENRIQUE CALDERÓN DE LA IGLESIA

En la ciudad de Madrid, a 13 de mayo de 2.004

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 2ª) ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 292/2001, interpuesto por Bankinter SA, representada por la Procuradora Sra. Sempere Meneses y dirigida por letrado, contra la Oficina Española de Patentes y Marcas, representada por la Abogacía del Estado, sobre inscripción de marcas. Ha sido Ponente el Iltmo Sr. Magistrado D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala de fecha 27 de abril de 2.001 se interpuso el presente recurso contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 18 de enero de 2.001 por la que se desestimaba el recurso interpuesto en fecha 16 de mayo de 2.000 frente a la resolución de 21 de febrero de 2.000 por la que se concedía la inscripción de la marca número 2.209.858 denominada "BK Blinker", mixta para la clase 1ª (productos químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, horticultura y municultivo...).

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto en la ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado las partes en su momento y orden, los trámites conferidos en la demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la estimación de la demanda con la consiguiente declaración de nulidad de las resoluciones concedentes de la inscripción de la marca solicitada y su cancelación, así como la desestimación de aquélla por parte de la Administración demandada por entender que dichas resoluciones son conformes a derecho.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, presentaron las partes por su orden sus escritos de conclusiones sobre fundamentos y pretensiones de la demanda y contestación, y señalándose día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha de 6 de mayo del 2.004.

CUARTO

En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de indeterminada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la resolución la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 18 de enero de 2.001 por la que se desestimaba el recurso interpuesto en fecha 16 de mayo de 2.000 frente a la resolución de 21 de febrero de 2.000 por la que se concedía la inscripción de la marca número 2.209.858 denominada "BK Blinker", mixta para la clase 1ª (productos químicos destinados a la industria, ciencia, fotografía, horticultura y municultivo.....).

Las mencionadas resoluciones no apreciaban oposición con las siguientes marca:

- Marca "BK", n° 877.674, clase 1ª.

- Marca "BANKINTER" número 591.269 (5) para la Clase 1.

- Marcas "BK" números 1.037.803, 1.037.805, 1.037.810, 1.037.812, 1.037.813, 1.037.814, 1.037.815, 1.037.816, 1.037.817, 1.037.818, 1.037.819, 1.037.822,1.037.823, 1.037.824, 1.037.825, 1.037.826, 1.037.827, 1.037.828, 1.037.829, 1.037.834, 1.037.835, 1.037.836, 1.037.837, 1.037.838, 1.037.839, 1.037.840, 1.037.841 Y 1.037.842 para proteger productos y servicios de las Clases 2, 5, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17. 18. 19, 22. 23, 24. 25, 26, 27, 28, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41 Y 42.

- Marcas "BK BANKINTER" números 886.667, 886.668 Y 886.669 para amparar productos y servicios de las clases 16, 36, 38.

Y es así que la solicitud de la marca concedida fue presentada ante la...

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