STSJ Comunidad de Madrid 958/2003, 8 de Julio de 2003

PonenteD. JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
Número de Recurso5753/1998
Número de Resolución958/2003
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

D. JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELADª. ELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTID. JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZD. MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSOD. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOSD. ENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00958/2003

RECURSO Nº 5.753/1998

SENTENCIA Nº 958

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

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Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Javier Eugenio López Candela

Magistrados:

Dª Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

D. Enrique Calderón de la Iglesia

En la Villa de Madrid, a ocho de Julio del año dos mil tres.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid,

los autos del recurso contencioso-administrativo número 5.753 de 1.998, interpuesto por Julia representado por la Procuradora Doña Marta Isla Gómez y asistido por la Letrada Doña Isabel Sánchez Aranegui contra el Decreto de fecha 15 de Julio de 1.998 de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de San Martín de la Vega por el que se concedía licencia de obra mayor para la legalización de la vivienda unifamiliar realizada en la CALLE000 número NUM000 (núcleo de Población Vallequillas) y se aprobaba la liquidación de la "cuota de legalización" de las construcciones ascendente a la suma de 691.500 pesetas de conformidad el Convenio Urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de San Martín de la Vega, la Junta de Compensación y la Propiedad Registral y la interpretación del Ayuntamiento de fecha 27 de enero de 1.997. Ha sido parte el Ayuntamiento de San Martín de la Vega representado por el Procurador Don José Luis Pinto Marabotto y asistido por el Letrado Don Rafael Barril Dosett.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la Procuradora Doña Marta Isla Gómez en representación de Julia formalizó demanda el día 19 de Octubre de 2.001 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que se acordara: 1º.- la nulidad parcial del Acuerdo de la comisión de Gobierno de fecha 24 de Septiembre de 1.997, en lo relativo a la liquidación de la cuota de legalización o multa encubierta (apartados 2º y 3º del documento nº 5 y nº 6 del expediente administrativo), ya que la concesión de la licencia esta legítimamente acordada. 2º.- Devolución de la cantidad abonada a la parte demandada en concepto de la denominada cuota de legalización con el correspondiente interés legal del dinero. 3º.- Reconocimiento de la prescripción por infracción urbanística y por lo tanto el ejercicio de la potestad sancionadora por parte de la administración y 4º.- Que se condenara a la parte demandada al pago de las costas del procedimiento.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Don José Luis Pinto Marabotto en representación del Ayuntamiento de San Martín de la Vega para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito presentado el 29 de Noviembre de 2.002, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Por auto de 2 de Enero de 2.003 se acordó recibir el recurso a prueba por término de treinta días, practicándose la admitida con el resultado que obra en las actuaciones.

CUARTO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo, el día 8 de Julio de 2.003 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Procuradora Doña Marta Isla Gómez en representación de Julia interpone recurso contencioso administrativo, contra el Decreto de fecha 15 de Julio de 1.998 de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de San Martín de la Vega por el que se concedía licencia de obra mayor para la legalización de la vivienda unifamiliar realizada en la CALLE000 número NUM000 (núcleo de Población Vallequillas) y se aprobaba la liquidación de la "cuota de legalización" de las construcciones ascendente a la suma de 691.500 pesetas de conformidad el Convenio Urbanístico suscrito por el Ayuntamiento de San Martín de la Vega, la Junta de Compensación y la Propiedad Registral y la interpretación del Ayuntamiento de fecha 27 de enero de 1.997.

SEGUNDO

La presente cuestión está anticipada por las Sentencias dictada por este Tribunal el 9 de Abril de 2.002 (recurso 1.086/1999), la Sentencia de 29 de Julio de 2.002 (recurso 1.442/1998) la Sentencia de 1 de Octubre de 2.002 (recurso 3767/1997) y 13 de marzo de 2.003 (recurso 5.849/1998). En dichas resoluciones señalamos que la Urbanización Vallequillas surgió como asentamiento consolidado desde principios de los años 80, y en el año 1988 la Comunidad de Madrid aprobó un plan de ordenación de dicho núcleo de población; y posteriormente en el año 1996 es cuando se aprueba un Convenio Urbanístico entre la Junta de Compensación, el Ayuntamiento y la propiedad registral para la legalización de la parcelación y las viviendas unifamiliares construidas, aludiendo en la cláusula 8ª a multas por infracciones urbanísticas con arreglo a un baremo, que el Ayuntamiento...

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