STSJ Comunidad de Madrid 214/2002, 22 de Febrero de 2002
Ponente | D. FRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS |
ECLI | ES:TSJM:2002:2494 |
Número de Recurso | 1154/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 214/2002 |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. JESUS CUDERO BLASDª. MARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCODª. CRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINADª. EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLASD. FRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS
Recurso Núm. 1154/99
Ponente: Sr Francisco de la Peña Elías
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Sexta
SENTENCIA Núm. 214
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Jesús Cudero Blas
Magistrados:
Dª Teresa Delgado Velasco
Dª Cristina Cadenas Cortina
Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas
D. Francisco de la Peña Elías
En la Villa de Madrid, a veintidós de febrero de dos mil dos.
VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 1154/99 promovido por el Procurador D. José Ignacio Noriega Arquer actuando en nombre y representación de D. Carlos José contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y alimentación de 15 de marzo de 1999 que de forma expresa desestimó la petición del actor sobre reconocimiento del complemento de destino de Alto Cargo previsto en el artículo 33.2 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anulen los actos impugnados, declarando el derecho del recurrente a percibir de la Administración del General del Estado el incremento pretendido del complemento de destino hasta equipararse al fijado por las correspondientes Leyes de Presupuestos generales del Estado para los Directores generales, con efectos económicos desde la fecha en que debió ser reconocido.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.
Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y Fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 21 de febrero de 2.002, teniendo así lugar.
Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco de la Peña Elías, que expresa el parecer de la Sala.
Son antecedentes de interés en este proceso, a la vista de los datos que obran en autos y en el expediente a los mismos incorporado, los siguientes: 1) El recurrente desempeñó desde el 1 de julio de 1983 y hasta el 31 de julio de 1995 el cargo de Secretario General Técnico, con rango de Director General, en la Consejería de Agricultura y Comercio de la Junta de Extremadura. 2) Durante dicho periodo permaneció en situación de excedencia especial en su puesto de origen en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, puesto que ocupaba como contratado laboral hasta el 9 de junio de 1995 y desde esa fecha, y una vez superado el correspondiente proceso de funcionarización, como funcionario de carrera. 3) Cesado como alto cargo de la Junta de Extremadura, reingresó al servicio activo con efectos de 31 de julio de 1995, ocupando al tiempo de la interposición del presente recurso el puesto de Jefe de Área de Censos y Estadísticas, nivel 28, en la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, Organismo Autónomo del Ministerio de Agricultura. 4) Mediante escrito de 23 de febrero de 1999 solicitó se le reconociera y abonara el complemento de destino previsto en el artículo 33.2 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991,...
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