STSJ Castilla y León 1328/2023, 19 de Diciembre de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Diciembre 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), sala Contencioso Administrativo
Número de resolución1328/2023

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VALLADOLID

Sección Segunda

SENTENCIA: 01328/2023

N56820

C/ ANGUSTIAS S/N

Teléfono: 983413210 Fax: 983267695

Correo electrónico: tsj.contencioso.valladolid@justicia.es

MSE

N.I.G: 47186 45 3 2023 0000176

Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000182 /2023

De D./ña. Rogelio

Representación D./Dª. MARIA YOLANDA GUTIERREZ IGLESIAS

Contra D./Dª. SUBDELEGACION DE GOBIERNO EN VALLADOLID -ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO- SENTENCIA Nº 1328

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

MAGISTRADOS:

DOÑA ADRIANA CID PERRINO

DOÑA MARÍA LUACES DÍAZ DE NORIEGA

En Valladolid, a diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados más arriba, el presente recurso de apelación registrado con el número 182/2023, en el que son partes:

Como apelante: D. Rogelio, representado en esta Sala por la Procuradora Sra. Gutiérrez Iglesias y defendido por el Letrado Sr. Morán Reyes.

Como apelada: Administración General del Estado (Subdelegación del Gobierno en Valladolid), representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Es objeto del recurso de apelación la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid, de 6 de junio de 2023, dictada en el procedimiento abreviado seguido en el mismo con el número 16/23.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado citado dictó sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Rogelio, conf‌irmando por tanto la resolución. Respecto de las costas, estese al contenido del fundamento de derecho tercero".

SEGUNDO

Contra esa sentencia interpuso recurso de apelación D. Rogelio, recurso del que una vez admitido se dio traslado a la parte demandada, que presentó escrito de oposición al mismo. Emplazadas las partes, el Juzgado elevó por vía telemática los autos y el expediente a esta Sala.

TERCERO

Una vez registrado el recurso, acusado recibo al Juzgado remitente y personadas las partes, se designó ponente al Magistrado D. Javier Oraá González.

Al no practicarse prueba ni haberse celebrado vista o conclusiones, el pleito quedó concluso para sentencia, señalándose para su votación y fallo el pasado día doce de diciembre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por D. Rogelio, nacional de Marruecos, recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid de 6 de junio de 2023, dictada en el procedimiento abreviado seguido en ese Juzgado con el número 16/23, que desestimó el recurso contencioso administrativo formulado por aquél contra la resolución que en la misma se indica -la de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, de 22 de febrero de 2023, que ordenó su expulsión del territorio nacional español con prohibición de entrada por un plazo de dos años al considerarle responsable de una infracción tipif‌icada en el artículo 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEX)-, pretende el apelante que se revoque la sentencia apelada y que en su lugar se declare que el acto administrativo por él impugnado no es ajustado a derecho, declarando su nulidad, o subsidiariamente que se sustituya la sanción de expulsión por la de multa pecuniaria (ésta es la única petición que hizo en el suplico de su demanda), pretensiones que según es posible ya anticipar deben ser desestimadas.

SEGUNDO

En efecto, de cara a resolver un recurso como el presente es obligado tener en cuenta lo que podría denominarse doctrina jurisprudencial actual sobre el citado artículo 53.1.a) LOEX, doctrina recogida en dos sentencias del Tribunal Supremo de 18 de septiembre de 2023 (recursos de casación números 2251/2021 y 1537/2022) y reiterada en las posteriores del mismo Tribunal Supremo de 18 y 24 de octubre y 6 de noviembre de 2023. En esas sentencias se hace un examen de la evolución de la jurisprudencia tanto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencias de 23 de abril de 2015, 8 de octubre de 2020 y 3 marzo de 2022) como del Tribunal Constitucional ( STC 47/2023, de 10 de mayo) y, tras abordarse asimismo el marco normativo español sobre la situación irregular de los extranjeros en territorio nacional -también las circunstancias que son de agravación y las que no lo son-, se da respuesta a la cuestión de interés casacional en los siguientes términos: Primero, que la situación de estancia irregular determina, en su caso, la imposición de la sanción de multa o la sanción de expulsión, siendo preferente la primera cuando...

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