SAN 14/2023, 19 de Julio de 2023

PonenteJOSE RAMON NAVARRO MIRANDA
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Penal
ECLIECLI:ES:AN:2023:4191
Número de Recurso5/2023

AUD.NACIONAL SALA DE APELACIÓN

MADRID

SENTENCIA: 00014/2023

AUD.NACIONAL SALA DE APELACIÓN

MADRID

CALLE GARCIA GUTIERREZ, 1

TELÉFONO: 917096590

FAX: 917096333

N.I.G.: .28079 27 2 2018 0001999

ROLLO DE SALA: APELACION RESOLUCIONES DEL ART.846 TER LECRIM RAR 5/2023

PROCEDIMIENTO DE ORIGEN : AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3ª - ROLLO SALA PO 9/2019

ÓRGANO DE ORIGEN: JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 3 - SUMARIO 5/2019

SENTENCIA: 00014/2023

PRESIDENTE:

Excmo. Sr. D. JOSÉ RAMÓN MIRANDA NAVARRO

MAGISTRADOS:

Ilma. Sra. Manuela Fernández Prado

Ilmo. Sr. José Ramón González Clavijo

En la Villa de Madrid, a diecinueve de julio de dos mil veintitrés.

VISTOS en grado de apelación con el número de Rollo 5/2023 los presentes contra la sentencia 1/2023 de fecha 9 de enero de la sección nº 3 de la Sala de lo Penal seguidos con el número Rollo 9/2019 procedentes del Juzgado Central de Instrucción nº 3, todos de esta Audiencia Nacional, y apareciendo como partes apelantes, el Ministerio Fiscal, así como los acusados por Donato, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Esteban Cid y defendido por el letrado D. Manuel Enrique Hernández Suarez, Eladio, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª María Dolores García de los Mozos y defendido por la letrado D. Antonio Agarcía Gómez, Enrique, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Fernando

Esteban Cid y defendido por el letrado D. Jacinto Romera Martínez, Yolanda, en libertad provisional por esta causa, representada por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Esteban Cid y defendida por el letrado

  1. Jacinto Romera Martínez, Federico, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Alberto García Barranechea y defendido por la letrada Dª Laura López Macías y Fidel, representado por el Procurador D. Pedro Moreno Rodríguez y defendido por la Letrada Dª. María Estrella Piñeiro Rodríguez, en sustitución del Letrado D. Joaquín Robles García.

Siendo ponente el Excmo. Sr. Presidente D. José Ramón Navarro Miranda, se procede dictar sentencia fundada en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

.

PRIMERO

- En los Autos de juicio oral Rollo 9/2019 de la sección 3 ª de la Sala de lo Penal de esta Audiencia Nacional, en fecha 9 de enero se dictó sentencia núm 1/2023 cuyos HECHOS PROBADOS, literalmente, dicen:

"En virtud de unainvestigación conjunta de la agencia norteamericana DEA junto con DEA en Colombia, que dio lugar a procedimientos judiciales en los dos países, nº 15/18 en Colombia y G 1-15-0319 en Estados Unidos, la Fiscalía General de la Nación de Colombia, Grupo Estupefacientes DEA SU COSTA NORTE, suministró una información espontánea en el mes de Julio de 2018 a UDYCO CENTRAL, Brigada Central de Estupefacientes, acerca de la investigación transnacional que estaba llevando a cabo sobre una organización criminal en Colombia que pretendía enviar una importante cantidad de cocaína a España introduciéndola a través de las costas gallegas. Esta información se amplió en octubre del 2018 a través de un escrito de la of‌icina de la DEA en Madrid dirigido a Udyco Central y otro de la Fiscal Ariana Fajardo ORSHAN de los Estados Unidos, dirigido al Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga de la Audiencia Nacional, relatando que un ciudadano español, que fue identif‌icado como el acusado Donato, se había reunido el 25 de febrero de este año 2018 en la Ciudad de Barranquilla y los días 12 y 14 de marzo en Cartagena de Indias con terceras personas, para organizar un envío de cocaína desde Colombia hasta España. Asimismo informaban de que el día 27 de septiembre de 2018, siendo

aproximadamente las 02.00 h., las autoridades norteamericanas de la DEA habían recibido en aguas internacionales de los integrantes de la organización criminal, 19 maletines color negro que contení5an unos 626 kilos de cocaína bruta con destino a Donato y a los miembros de su grupo criminal en España y se los entregaron a las Unidades de Guardacostas americanas el día 28.09.2018 sobre las 12.00 h. y que el día 02.10.2018, siendo las 10:00 horas, las Unidades de Guardacostas entregaron la droga a los Agentes Especiales de la DEA en Miami.

Autorizada por el Juez Central de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional mediante Auto de 22 de octubre de 2018 la entrega controlada de dicha sustancia, el 29 de octubre de 2018 se desplazó a Miami, a tales efectos, una funcionaria del Cuerpo Nacional de Policía, regresando a España en el mismo vuelo de Iberia en que se cargó la cocaína, IB6124, con salida del Aeropuerto internacional de Miami el día 29 de octubre de 2018 a las 20:30 horas, llegando a Madrid al Aeropuerto de Barajas el día 30 de octubre a las 10:00 horas. Como diligencia necesaria en el procedimiento judicial norteamericano, de los 549 paquetes intervenidos, 10 se quedaron en Miami a cargo de la Of‌icina de la Fiscalía del Sur de Florida, transportándose a España el resto de la mercancía consistente en 539 paquetes de cocaína.

El día 30 de octubre 2018, tras la llegada a España de los 539 paquetes con la cocaína repartidos en 27 cajas de cartón marrón, fueron trasladados a dependencias de la Comisaría General de Policía Judicial en el Complejo Policial de Canillas en Madrid y el día 13 de noviembre de 2018 a un chalet sito en la CALLE000 nº NUM000 de Pontevedra.

Los destinatarios de los paquetes con la cocaína en España eran los acusados Donato y Fidel . El primero tenía los contactos en Colombia para el suministro de la cocaína y el segundo le apoyaba en todo lo necesario para ese f‌in, haciendo de conductor, de intermediario para f‌ijar citas y transmitir información, interlocutor con la organización criminal a quien encargaron recuperar la carga de cocaína que habían perdido en alta mar el día

27.09.2018 y que estaba compuesta f‌icticiamente por agentes encubiertos españoles, siendo los que utilizaban los códigos ALGAS y SIL los que mantuvieron los contactos con Fidel y también ofreció en venta a Federico parte de la cocaína.

Yolanda, Enrique y Jose Antonio, cooperaron con Donato y Fidel para recuperar la cocaína, contactando los dos primeros con personas en Colombia con ese f‌in y el tercero buscando f‌inanciación y prestando apoyo logístico para encontrar espacios donde almacenarla en Galicia.

Donato y Fidel contactaron con Juan Manuel y Eladio a f‌in de que les proporcionaran espacios para almacenaje y guarda de la cocaína en Galicia, en la zona de Pontevedra, actuando en ocasiones Pedro Jesús como intermediario para las comunicaciones y concertar reuniones entre ellos conociendo que ese era el f‌in de las mismas.

Adrian se desplazó el día 15 de noviembre de 2018 hasta un chalet sito en la CALLE000 nº NUM000 de Pontevedra para recoger la cocaína destinada a Donato y Fidel, siendo detenido en el interior del garaje mientras cargaba los paquetes de cocaína en un habitáculo oculto entre los asientos de atrás y el maletero del vehículo Seat EXEO Matrícula ....FHX .

En el en el interior del garaje del chalet sito en la CALLE000 nº NUM000 de Pontevedra se intervinieron 539 paquetes de cocaína, que tras ser analizados arrojaron un peso neto de 532 kilos y 764,89 gramos, con una pureza del 7,6% sobre una muestra analizada de 179,56 gramos del total neto indicado, con un valor en el mercado ilícito en la venta al por mayor de 1.983.840 euros.

En las entradas y registros en los domicilios de los acusados se hallaron los siguientes objetos:

En los domicilios de Donato :

- CALLE001 Nº NUM001, " EDIFICIO000 " (Madrid), dos teléfonos móviles Alcatel y Nokia, documentación diversa relacionada con teléfonos móviles y diversos efectos informáticos.

- En la vivienda de la RUA000 NUM002 (Ourense) se hallaron unos papeles con anotaciones.

En el domicilio de Fidel sito en la CALLE002 NUM003 Madrid, en un armario empotrado de la entrada, se hallaron diversos efectos y productos

químicos de corte de sustancia estupefaciente, en concreto: 2 jarras de plástico con inscripciones para medir cantidades; un molinillo de café de la marca "UFESA"; 1 paquete con la inscripción sal sosa; 2 Botes de metal lleno y vacío con la pegatina acetona comercial; 2 botes de sosa caustica; 2 botes de plástico de color blanco con pegatina "cafeína Anhidra pura"; 1 bote de plástico etiquetado como " manitol polvo"; 1 bote de plástico con la pegatina " lactosa monohidrato"; 1 bote de plástico de color blanco con pegatina "Sorbitol polvo f‌ino"; 2 botes de plástico con pegatina " Amoniaco 24 %" y " acetona", este último vacío; 1 bote de cristal con pegatina " Ácido Clorhídrico"; 1 bote de cristal con pegatina Ácido sulfúrico"; bolsa de precinto transparente con sustancia en polvo blanco en su interior, con un total de 2,45 gramos de MDMA, sustancia estupefaciente gravemente perjudicial para la salud y con un valor en el mercado ilícito de 102,21 Euros; 1 bolsa de precinto transparente y con polvo blanco en su interior "cafei-moli 34,5"; 1 bolsa de precinto transparente y con polvo blanco en su interior y con la inscripción manuscrita " cafei -roc"; 1 colador; 1 embudo; 1 biberón de plástico; 3 jeringuillas; 1 calentador de la marca Avent; una mascarilla; 954 gramos de feniletilamina, en total 926,84 gramos netos; diversos botes con ácido clorhídrico, acetona, lactosa monohidrato, sorbitol, manitol, cafeína, sosa cáustica, amoníaco, diversos utensilios de plástico que se usan para las tareas de corte de droga, 3 balanzas de precisión, la balanza marca Tanita.

Se hallaron también un ordenador portátil marca Dell y un teléfono móvil Samsung, 3 hojas manuscritas con anotaciones numéricas, precintos de tarjetas de móviles, y otros efectos.

En el domicilio de...

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