SAP Las Palmas 676/2003, 17 de Noviembre de 2003
Ponente | FRANCISCO JAVIER JOSE MORALES MIRAT |
ECLI | ES:APGC:2003:2343 |
Número de Recurso | 675/2003 |
Número de Resolución | 676/2003 |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª |
SENTENCIA.
Iltmos Sres.
DON RICARDO MOYANO GARCÍA. (Presidente)
DON ILDEFONSO QUESADA PADRÓN (Magistrado)
DON FCO JAVIER MORALES MIRAT (Magistrado)
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 17 de noviembre de 2003.
Vistos, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la parte actora, dimanante de los autos referenciados, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, a instancia de D. Pedro Antonio , representado en ésta instancia por el Procurador Dña María del Carmen Bordón Artiles, y dirigido por el Letrado Cristina Martell Pérez Alcalde contra Dña Rocío , representado por el Procurador y dirigido por el Letrado .
Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, se dictó Sentencia en el referido procedimiento cuya parte dispositiva, copiada literalmente dice así:"Que estimando como estimo la concurrencia de causa de divorcio, debo decretar y decreto la disolución del matrimonio formado por D. Pedro Antonio , quien actúa representado por la Procuradora Sra. Bordón Artiles, y Dª Rocío , quien actúa representada por el Procurador Sr. Enríquez Sánchez, con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento, sin que proceda otorgar ninguna de las medidas interesadas, ni mantener las acordadas en los autos de separación previos a estos.
No procede hacer expresa imposición de las costas procesales."
Contra la citada Sentencia, que lleva fecha de 14/4/2.003 , se recurrió en apelación por la representación de la actora, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 14/11/2.003.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Francisco Javier Morales Mirat que expresa el parecer de la Sala.
Por la apelante se solicitó, a través de la demanda de divorcio presentada, se dejara sin efecto la atribución de la vivienda familiar a favor de la esposa e hijo, acordada en sentencia de separación, por cuanto el hijo era en la actualidad mayor...
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