SAP Asturias 250/2007, 25 de Mayo de 2007
Ponente | RAFAEL MARTIN DEL PESO |
ECLI | ES:APO:2007:2138 |
Número de Recurso | 62/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 250/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª |
SENTENCIA Núm. 250/07
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO
D. RAMÓN IBÁÑEZ DE ALDECOA LORENTE
D. JULIÁN PAVESIO FERNÁNDEZ
En GIJON, a veinticinco de Mayo de dos mil siete.
VISTOS, por la Sección 7ª de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Procedimiento Ordinario número 84/05, Rollo núm. 62/06 , procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. dos de Gijón ; entre partes, como apelante Don Silvio representado por el Procurador D. Alfredo Villa Álvarez bajo la dirección letrada de D. Joaquín Blanco Pozueco, como apelado la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 , número NUM000 de Gijón , representado por la Procuradora Doña Inés Ucha Tome bajo la dirección letrada de D. Alfonso Pérez Luengo.
El Juzgado de Primera Instancia núm. dos de Gijón dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 28/07/05 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Desestimo íntegramente la demanda interpuesta por Don Silvio , representado por el Procurador Don Alfredo Villa Álvarez y asistido del letrado Don Joaquín Blanco Pozueco frente a la Comunidad de Propietarios c/ CALLE000 , NUM000 , representada por la Procuradora Doña Inés Ucha Tomé y asistida por el letrado Don Alfonso Pérez Luengo, a quien se absuelve de todos los pedimentos, con expresa imposición de las costas al actor.
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de Don Silvio seinterpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, la parte apelante instó la revocación de la Sentencia y la apelada su confirmación.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO.
En el recurso de apelación interpuesto, la controversia se centra en la desestimación de la demanda que pretendía la nulidad del acuerdo adoptado en junta general extraordinaria de 14 de diciembre d e 2004, por el que se modificaba un uno anterior de fecha 20 de septiembre de 2004,. En éste se imponía a los propietarios de los locales la obligación de contribuir a los gastos de instalación de un ascensor, de los que estaban estatutariamente excluidos, razón por la cual se modificó el acuerdo anterior. En el recurso en primer lugar se impugnan a los hechos probados, por no incluir determinadas consideraciones sobre la votación del acuerdo adoptado en septiembre; pretensión que resulta irrelevante para resolver la contienda, ya que dicho motivo en primer lugar no responde a la impugnación de un concreto pronunciamiento d e la apelada y por otra parte, como expresa el propio apelante ( folio 3 de su recurso) se interesa la nulidad del acuerdo.... no porque sea contrario a otro anterior,..., sino porque se vulnera en su adopción en el artículo 18 de la LPH .
Frente a la argumentación del recurso, ciertamente contradictoria, cabe decir...
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ATS, 11 de Enero de 2011
...de Propiedad Horizontal, citando como opuesta a la doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo de 22/05/08, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 25/05/07 y Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 02/11/1999, no acreditándose el interés casacional alegado a teno......