STSJ Cataluña 945/2007, 27 de Septiembre de 2007

PonenteMARIA JESUS EMILIA FERNANDEZ DE BENITO
ECLIES:TSJCAT:2007:11226
Número de Recurso1819/2003
Número de Resolución945/2007
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 945

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN

MAGISTRADOS

Dª. Mª JESÚS E. FERNÁNDEZ DE BENITO

Dª PILAR GALINDO MORELL

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de septiembre de dos mil siete .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 1819/2003, interpuesto por Dª Julia , representado por el Procurador D. JORGE RODRIGUEZ SIMON, contra T.E.A.Central, representado por el ABOGADO DEL ESTADO, siendo parte codemandada el DEPARTAMENT D' ECONOMIA I FINANCES DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, representado por el LLETRAT DE LA GENERALITAT.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª JESÚS E. FERNÁNDEZ DE BENITO , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. JORGE RODRIGUEZ SIMON actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución que se cita en el Fundamento de Derecho Primero.SEGUNDO.- Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente procedimiento la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 8 de octubre de 2003, desestimatoria del recurso de alzada formulado por Dª Julia contra la resolución del Tribunal Regional de Cataluña de 23 de enero de 2003, recaida en el expediente de reclamación núm. NUM000 , sobre liquidación por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

SEGUNDO

El único motivo de impugnación por parte de la recurrente se basa en la producción de la prescripción de la acción administrativa para liquidar el Impuesto por caducidad del expediente al haber estado paralizadas durante más de seis meses las actuaciones de comprobación sin causa imputable al administrado.

- En primer lugar, se hace necesario establecer el íter cronológico de actuaciones que obran en el expediente administrativo:

El 31 de julio de 1992 falleció la tía causante de la herencia transmitida a la hoy recurrente. El 25 de agosto fue presentada la documentación para practicar la liquidación correspondiente al Impuesto sobre Sucesiones, realizándose el pago el 23 de febrero de 1993. El 20 de octubre de 1997, dentro del plazo de prescripción, la Administración gestora practicó la liquidación provisional en base a la comprobación de valores llevada a cabo. Habiendo sido interpuesto recurso de reposición contra la misma el 7 de noviembre de 1997, el 12 de mayo de 1998 fue estimado y anulada la liquidación provisional, practicándose nueva liquidación en fecha 27 de enero de 1999, que fue notificada a la interesada, acuerdo este último que ha sido impugnado ante el TEARC y cuyo resultado, confirmado en alzada, es ahora recurrido.

- En segundo término, es imprescindible delimitar la normativa jurídica que resulta aplicable al caso.

TERCERO

No lo es la Ley 30/1992 que invoca la recurrente porque las normas tributarias tienen naturaleza y régimen propio y a tal...

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