STSJ Canarias 1152/2009, 31 de Julio de 2009

PonenteHUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2009:3716
Número de Recurso447/2009
Número de Resolución1152/2009
Fecha de Resolución31 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por PABLO TOUR SL contra el Auto de fecha 1 de diciembre de 2008, confirmatorio del de 11.11.2008 dictado en los autos de juicio nº 0000519/2008 en proceso sobre DESPIDO , y entablado por D./Dña. Alonso , contra PABLO TOUR SL .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por Auto, cuyos antencedentes de hechos son los siguientes:

PRIMERO

Mediante escrito de fecha 21 de noviembre de 2008, por el Letrado D. Miguel Peñas Lozano, en nombre y representación de PABLO TOURS S.L., se interpuso recurso de reposición contra el Auto de fecha 11 de noviembre de 2008 , por el que se acordaba extinguir con dicha fecha laboral que unía a D. Alonso con PABLO TOURS S.L. , condenado a esta última a que abone al trabajador en concepto de indemnización la suma de 3.853,29 euros y una cantidad de 3.739,93 euros por salarios de tramitación, y tras realizar las alegaciones que estimaba pertinentes, terminaba suplicando que se ser acuerde reponer la resolución de fecha 11 de noviembre de 2008, dejándola sin efecto por ser así más procedente, acordando se siga el trámite de las presentes actuaciones, notificando al trabajador de la opción por la readmisión mediante su representación procesal, o instando a ésta a que señale un nuevo domicilio a efecto de notificaciones.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y dado traslado de dicho escrito a las demás partes del presente procedimiento en el término conferido, por la representación del actor se presentó escrito, oponiéndose al recurso de reposición, en el que tras realizar las alegaciones pertinentes, terminaba suplicando que se dicte resolución por la que se desestime el recurso de reposición presentado.

SEGUNDO

La parte dispositiva del Auto de fecha 1.12.2008 dice: Que debía desestimar y desestimaba el recurso de reposición interpuesto por el Letrado D. Miguel Peñas Lozano, en nombre y representación de PABLO TOURS S.L., contra el Auto de fecha 11 de noviembre de 2008 , confirmando el mismo y manteniéndolo en su integridad.Que el Auto de fecha 11.11.2008 literalmente dice: "A C U E R D O: EXTINGUIR con esta fecha la relación laboral que unía a ambas partes condenado a la parte demandada a que abone al trabajador en concepto de indemnización la suma de 3.853,29 euros y una cantidad de 3.739,93 euros por salarios de tramitación.

Contra el presente auto cabe recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días".

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación por la entidad demandada, que no fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto de instancia desestima el recurso de reposición de la parte ejecutada y confirma el auto que extinguió la relación laboral por readmisión irregular.

Contra la misma se alza la parte recurrente, formulando el presente recurso, con base en un motivo de nulidad, otro de revisión fáctica y un último motivo de censura jurídica.

Así, en primer lugar y con amparo en el artículo 191.a) de la Ley de Procedimiento Laboral propone un motivo de nulidad que ha de ser rechazado de plano, pues en cuatro líneas cita el artículo 191 .a) y no indica ni el precepto infringido ni en que ha consistido la indefensión.

No reúne, por tanto, el motivo los requisitos mínimos legales que permitirían a la Sala el examen...

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