SAP Asturias 258/2009, 16 de Julio de 2009

PonenteMARIA JOSE PUEYO MATEO
ECLIES:APO:2009:1894
Número de Recurso266/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución258/2009
Fecha de Resolución16 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

SENTENCIA: 00258/2009

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000266 /2009

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO

DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO

DOÑA MARIA DE LA PAZ FERNÁNDEZ RIVERA GONZÁLEZ

En OVIEDO, a dieciséis de Julio de dos mil nueve.

VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 471/08, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Oviedo, Rollo de Apelación nº 266/09, entre partes, como apelante y demandada DOÑA Estibaliz , defendida por el Letrado Don Álvaro Gómez Collado, y como apelada y demandante DOÑA Reyes , representada por el Procurador Don Joaquín Ignacio Álvarez García y bajo la dirección del Letrado Don Alberto Zurrón Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Oviedo dictó Sentencia en los autos referidos con fecha nueve de febrero de dos mil nueve , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Joaquín Álvarez García, en nombre y representación de Dª Reyes contra Dª Estibaliz , debo condenar a ésta última a reparar los defectos que presenta el bien adquirido en los términos establecidos en el informe pericial, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Desestimando íntegramente la demanda reconvencional presentada por D. Álvaro Gómez Collado, en nombre y representación de Dª Estibaliz contra Dª Reyes con expresa imposición de costas a la actora reconvencional.".

Esta resolución fue ulteriormente aclarada por auto de fecha cinco de marzo de dos mil nueve que acuerda: "Se estima el recurso de aclaración interpuesto por D. Joaquín Álvarez García en nombre de Dª Reyes frente a la Sentencia de nueve de febrero de dos mil nueve , debiendo resultar el fallo tras la aclaración acordada en los siguientes términos:Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Joaquín Álvarez García, en nombre y representación de Dª Reyes contra Dª Estibaliz , debo condenar a ésta última reparar los defectos que presenta el bien adquirido en los términos establecidos en el informe pericial, así como a abonar a la demandante la cantidad de 395,08 euros mas los intereses legales con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Desestimando íntegramente la demanda reconvencional presentada por D. Álvaro Gómez Collado, en nombre y representación de Dª Estibaliz contra Dª Reyes con expresa imposición de costas a la actora reconvencional".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Doña Estibaliz , y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./a. DON/DOÑA MARÍA JOSÉ PUEYO MATEO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la actora, Doña Reyes , se promovió juicio verbal frente a Doña Estibaliz solicitando se dicte sentencia en la que: "tenga por presentado este escrito y sus copias y documentos y a su tenor acuerde tener por interpuesta Demanda de juicio verbal contra Estibaliz , a fin de que en su día se dicte sentencia por la cual se estime íntegramente la demanda y se le condene:

  1. a abonar a la actora el...

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