SAP A Coruña 288/2009, 15 de Junio de 2009

PonenteFERNANDO GARCIA CACHAFEIRO
ECLIES:APC:2009:1644
Número de Recurso256/2009
Número de Resolución288/2009
Fecha de Resolución15 de Junio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

SENTENCIA: 00288/2009

FERROL Nº 2

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000256 /2009

FECHA REPARTO: 27-4-09

SENTENCIA

Nº 288/09

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ

FERNANDO GARCIA CACHAFEIRO

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a quince de Junio de dos mil nueve.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 201/2008-C, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE FERROL, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y AAPELADA DOÑA Beatriz , que actúa por sí y en beneficio de la comunidad de bienes que forma con Luis , representada en primera instancia por la Procuradora Sra. Rodríguez Senra y con la dirección del Letrado Sr. Loureda Prado y representada en esta instancia por la Procuradora Sr. Gandoy Fernández, y de otra como DEMANDADO Y APELANTE DON Ceferino , representado en primera instancia por el Procurador Sr. Rodríguez Ramos y con la dirección del Letrado Sr. Bouza Prieto y representado en esta instancia por el Procurador Sr. Castro Bugallo; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR DAÑOS PRODUCIDOS POR EL VERTIDO DE AGUAS PLUVIALES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 2 DE FERROL, con fecha 15-12-08 . Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por la procuradora SRA. RODRÍGUEZ SENRA, en nombre y representación de DOÑA Beatriz , debo declarar y declaro que DON Ceferino viene obligado a recoger las aguas pluviales que caigan sobre los tejados o cubiertas de sus edificaciones, así como las que caigan sobre los espacios cementados, en su propia finca, realizando a tal fin la canalización indicada por el perito judicial DON Gabino en el plano nº 3 de su informe, con expresa imposición de costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por el demandado, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON FERNANDO GARCIA CACHAFEIRO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la demanda que presenta Dña. Beatriz contra

D. Ceferino por la que se interesa que se condene al demandado a recoger las aguas pluviales de la cubierta de sus edificaciones de forma que nos causen perjuicio en el fundo de la actora. Estimada en parte la demanda, en virtud de sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Ferrol, contra la referida resolución se interpuso recurso de apelación, cuya decisión nos incumbe, el cual debe ser desestimado.

SEGUNDO

Como cuestión previa debemos señalar que aunque existe una cierta confusión acerca de la acción entablada por la actora, pues en el fundamento jurídico segundo de la demanda se afirma que la pretensión se basa en lo dispuesto en el art. 563 Cc relativo a la denominada «servidumbre natural de aguas», lo cierto es que -en rigor- se está ejercitando una demanda de «servidumbre de desagüe» tal y como se desprende del relato fáctico y del petitum de la misma en el que se solicita que se declare que el demandado viene obligado a, por una parte, «recoger las aguas pluviales que caigan sobre los tejados o cubiertas de sus edificaciones, así como las que caigan en sobre...

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