SAP Málaga 488/2008, 19 de Septiembre de 2008

PonenteANTONIO ALCALA NAVARRO
ECLIES:APMA:2008:1365
Número de Recurso673/2008
Número de Resolución488/2008
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 488/08.

Ilmos. Sres.

Presidente

D. Antonio Alcalá Navarro.

Magistrados

D. José Javier Díez Núñez

Dª Soledad Jurado Rodríguez.

En la ciudad de Málaga, a 19 de Septiembre de dos mil ocho.

Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de divorcio nº 692 de 2007 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº uno de Marbella, seguidos a instancia de D. Iván representado en el recurso por el Procurador Don José L. Ramírez Serrano y defendido por el Letrado Don Antonio González Carrillo, contra Doña María Esther , no personada en el recurso, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el contra la sentencia dictada en el citado juicio, en el que ha sido parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia nº uno de Marbella dictó sentencia de fecha diez de diciembre de 2007 en el juicio de divorcio nº 692 de 2007 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- Estimo la demanda de divorcio interpuesta por el Sa.. Procuradora Dª Mª Luisa Benitez Donoso en nombre y representación de D. Iván decretando la disolución por divorcio del matrimonio formado por d. Iván y Dª María Esther , manteniéndose las medidas acordadas en la sentencia de separación de 8 de junio de 2005 a excepción de las medidas relativas a la pensión de alimentos de los hijos del matrimonio que se reduce a 300 euros mensuales, que se actualizaran automáticamente de forma anual con arreglo al IPC, sin hacer expresa condena en costas." (sic)

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación el demandante el cual fue admitido a trámite y su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala, que tuvo lugar el día 18 de septiembre de 2008 , quedaron lasactuaciones conclusas para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Alcalá Navarro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte recurrente la revocación de la sentencia apelada y el dictado de otra que se reduzca la pensión alimenticia a 200 euros para ambos hijos, en lugar de los 300 euros fijados en la sentencia apelada, y alega en apoyo de su pretensión que, además de la reducción en sus ingresos como vendedor de la ONCE al trasladarse de Marbella a...

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