STSJ País Vasco 1033/2009, 5 de Mayo de 2009

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2009:2126
Número de Recurso529/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1033/2009
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 5 de Mayo de 2009.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dª. ELENA LUMBRERAS LACARRA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Ramón contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Guipúzcoa, de fecha tres de Noviembre de dos mil ocho (autos 679/08), dictada en proceso sobre Reconocimiento de Derecho Reincorporación Puesto de Trabajo e Indemnización- (RPC), y entablado por el recurrente frente a KSB ITUR SPAIN S.A. e Carlos María .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"1º.-) Ramón , con D.N.I. NUM000 , ha venido prestando sus servicios para la empresa demandada desde el 27 de Enero de 1986, con categoría profesional de oficial de 2ª y mensual con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias de 2.426,10 euros.

  1. -) En fecha de 12 de Diciembre de 1989 el actor sufrió un accidente de trabajo "in itinere" cuando trabajaba como conductor de furgoneta, del que resultaron las siguientes lesiones: "Luxación de cadera izquierda con fractura conminuta del acetábulo izquierdo. Fractura de pelvis. Fractura de cóndilo fermoral derecho (a nivel de rodilla).

  2. -) Con fecha de 28 de Agosto 1991 se dictó resolución declarándolo afecto de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual.4º.-) Mediante sentencia de este mismo Juzgado de fecha uno de Marzo de mil novecientos noventa y ocho , se reconoce el derecho del trabajador a ocupar el puesto de trabajo de conductor de carretilla hidráulica Toyota, condenando a la demandada a incorporarlo a este puesto, respetándole las retribuciones propias de su categoría profesional de oficial 2ª en tareas de almacenero de modelos.

  3. -) En fecha de 2 de Mayo de 2006 el demandante emitió a la empresa la siguiente solicitud:

    " Ramón , con D.N.I. Nº NUM000 y domicilio en 20800-ZARAUTZ, DIRECCION000 nº NUM001 NUM002 , trabajador de esa empresa con la categoría de oficial de 2ª desde el 27.01.86, por medio del presente escrito.

    SOLICITA DE ESA EMPRESA EXCEDENCIA VOLUNTARIA de dos años de duración, desde el

    17.05.06 hasta el 16.05.08, con derecho a prórroga hasta el límite legal establecido.

    SOLICITA de la misma manera contestación por escrito".

  4. -) En fecha de 3 de Mayo de 2006 la empresa contesta:

    "Muy Sr. Nuestro:

    Vista la solicitud presentada por Ud en escrito de fecha 2 de Mayo de 2006, la Dirección de la Empresa ha acordado concederle dos años de excedencia voluntaria, con efectos a partir del 17 de Mayo de 2006, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores .

    Caso de interesarle volver, deberá ponerlo en conocimiento de la empresa con un mes de antelación como mínimo".

  5. -) El trabajador remite a la empresa la siguiente carta en fecha 28 de Marzo de 2008:

    " Ramón , con D.N.I. Nº NUM000 y domicilio en 20800-ZARAUTZ, DIRECCION000 Kalea NUM001 NUM002 , trabajador de esa empresa con la categoría de oficial de 2ª, en situación de excedencia voluntaria desde el 16.05.06, por medio del presente escrito.

    SOLICITA DE ESA EMPRESA SU REINCORPORACION en un puesto de trabajo de su categoría ó similar, al finalizar su período de excedencia con fecha 15.05.08, o incluso, habiendo tenido conocimiento de que la empresa ha presentado oferta de trabajo recientemente para puestos de mi categoría, estaría dispuesto a incorporarse a partir de la fecha de entrega de esta solicitud, con un margen de 15 días de preaviso necesarios para presetnar la baja voluntaria en la empresa donde trabaja actualmente".

  6. -) En la misma fecha de 28 de Marzo de 2008, el demandante envía un segundo escrito a la empresa:

    " Ramón , con D.N.I. Nº NUM000 y domicilio en 20800-ZARAUTZ, DIRECCION000 kalea, NUM001 NUM002 , trabajador de esa empresa con la categoría de oficial de 2ª, en situación de excedencia voluntaria desde el 16.05.06, por medio del presente escrito.

    DICE: Que habiendo solicitado mediante escrito de fecha 28 de Marzo de 2008, a esa empresa reincorporación a la misma en el momento que surgiera un puesto adecuado para él, ha tenido conocimiento de que Bombas Itur, oferta un puesto de Mantenimiento que entra dentro de su formación y capacidad.

    Por lo que:

    SOLICITA DE ESA EMPRESA SU REINCORPORACION a la empresa en el puesto que la empresa crea que mejor se adecua a su formación y capacidad".

  7. -) En fecha de 15 de Mayo de 2008 la empresa contesta a dicha solicitud de la siguiente manera:

    "Muy Sr. Nuestro:

    En contestación a su solicitud de reingreso en la empresa de fecha 28 de Marzo de 2008, y en concreto la efectuada para ocupar el puesto de Mantenimiento tras haber tenido Ud. conocimiento denuestra oferta de empleo al...

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