SAP Santa Cruz de Tenerife 390/2009, 21 de Septiembre de 2009

PonenteEUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
ECLIES:APTF:2009:2206
Número de Recurso405/2009
Número de Resolución390/2009
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 390 / 2009

Rollo nº 405/09

Autos nº 426/08

Juzgado de Primera Instancia Num. Siete de Santa Cruz de Tenerife

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don José Ramón Navarro Miranda

MAGISTRADOS

Don Eugenio Santiago Dobarro Ramos

Don Modesto Fernández del Viso Blanco

....

En Santa Cruz de Tenerife, a veintiuno de setiembre de dos mil nueve

Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados , el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO SIETE DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, en juicio de divorcio, seguido a instancia de DON Donato , representado por Procurador DOÑA ESTHER HERNANDEZ DAVILA y dirigida por Abogado DON IVAN MAURICIO ANDUEZA PULIDO, como demandada DOÑA Salome , representada por Procurador DOÑA MARIA EUGENIA BELTRAN GUTIERREZ, y dirigido por Abogada DOÑA MARIA TERESA GARCIA RODRIGUEZ, ha pronunciado en NOMBRE DE S. M. EL REY, la presente resolución siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Eugenio Santiago Dobarro Ramos , con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento indicado, por la ILMA. SRA. MAGISTRADO --JUEZ DOÑA MARIA DOLORES AGUILAR ZOILO se dictó sentencia el día quince de enero de dos mil nueve , en cuya parte dispositiva a efectos de recurso se establece:

"

F A L L O

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Hernández Dávila, en nombre y representación de Donato , contra Salome , y debo declarar y declaro la disolución del matrimonio de los cónyuges, estableciendo como medidas :

  1. - Quedan revocados los poderes y consentimientos que los cónyuges se hubieren otorgado2- Queda disuelta la sociedad de gananciales

  2. - Se atribuye a la esposa el uso y disfrute del hogar que fue conyugal, con todos sus enseres y mobiliario,

  3. - Se fija como pensión compensatoria el importe mensual de 180 #, revalorizables anualmente conforme al IPC e ingresables en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta corriente que designe la Sra. Salome durante el plazo máximo de diez meses desde el dictado de la presente sentencia

Todo lo anterior lo es sin hacer especial condena en costas a ninguna de las partes.

(...)

Así por esta mi Sentencia, de la que se llevara testimonio a la causa de su razón, lo pronuncio, mando y firmo

SEGUNDO

Así, notificada la anterior resolución por la parte demandante se formuló recurso de apelación, evacuándose el traslado por la otra oponiéndose, y remitiéndose la actuaciones a esta Sección, previo emplazamiento.

TERCERO

Seguido el correspondiente trámite del recurso en la alzada, se personó en tiempo y forma las partes, el actor apelante DON Donato , representado por Procurador DOÑA ESTHER HERNANDEZ...

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