SAP Burgos 349/2009, 25 de Septiembre de 2009

PonenteJUAN FRANCISCO SANCHO FRAILE
ECLIES:APBU:2009:815
Número de Recurso282/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución349/2009
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 349

En Burgos a veinticinco de septiembre de dos mil nueve.

VISTO en apelación ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, los Autos de Procedimiento Ordinario nº 600 /2006, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Burgos, a los que ha correspondido el Rollo nº 282 /2009, en los que aparece como parte apelante DON Ezequias representado por el Procurador don Enrique Sedano Ronda y asistido por el Letrado don Antonio Sánchez Jiménez y como apelado MORTENSA, SL, representado por el Procurador don Fernando Santamaría Alcalde y asistido por el Letrado don Javier Quintanilla Fernández y PROYECTADOS MORPRO,S.L. en rebeldía, sobre reclamación de cantidad , y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. don JUAN SANCHOFRAILE que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO " Que estimando como estimo la demanda presentada por el Procurador Sr. Santamaría Alcalde en representación de la Mercantil "MORTENSA, S.l.", debo declarar y declaro que la Sociedad "Proyectados Morpro, S.L." adeuda la cantidad de 9.068,10 Euros, asimismo debo declarar y declaro responsable el pago de dicha cantidad a don Ezequias , en su condición de administrador único de la demandada, debiendo condenar y condeno a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones y en consecuencia a abonar de manera solidaria a la actora la citada cantidad de 9.068,10 euros, en el caso del demandado, bien directamente o bien reconstituyendo el patrimonio social de la demandada, en forma que esta atienda automática y simultáneamente a dicho pago, debiendo condenar y condeno a los demandados al pago de los intereses de demora, en cuanto a las costas procede su imposición a la parte demandada. ".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes por la representación de Mortensa, S.L. se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Y dado traslado a la otra parte, presentó escrito de oposición a dicho recurso dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 24 de septiembre de 2009 en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se aceptan, en lo sustancial, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, salvo en lo que sean contrario a los que siguen.

SEGUNDO

Por la representación de la parte codemandada y apelante, se impugna la sentencia de instancia pretendiendo en esta alzada su revocación y se desestime la demanda frente al mismo, con imposición de costas a quien se opusiere.

Se alega, básicamente, como motivo de impugnación de la sentencia recurrida que la deuda reclamada no estaba vencida ni era exigible -formaba parte del pasivo como deuda exigible a corto plazo- ni era administrador en el momento de la emisión de la factura por la sociedad demandante; no teniendo carácter constitutivo la inscripción registral del acuerdo de cese como administrador.

Consta, como hecho no controvertido, que la transmisión de participaciones sociales, cese de Administrador y nombramiento de uno nuevo y cambo de domicilio, se produjo el 14 de febrero de 2006, mientras que la venta y entrega de las mercancías tiene lugar en la primera quincena de noviembre de 2005 -doc. 2 a 10 de la demanda, folios 17 a 26 de las...

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