STSJ Andalucía 694/2009, 11 de Marzo de 2009

PonenteJULIO ENRIQUEZ BRONCANO
ECLIES:TSJAND:2009:4080
Número de Recurso121/2009
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución694/2009
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorSala de lo Social

C.R.M.

SECCIÓN SEGUNDA

SENT. NÚM.694/09

ILTMO. SR. D. EMILIO LEON SOLA

ILTMO. SR. D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO

ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a once de Marzo de dos mil nueve

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 121/09, interpuesto por SEGURISA, SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD S.A. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de los de Granada en fecha catorce de Octubre de dos mil ocho en Autos núm. 729/08, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado

D. JULIO ENRIQUEZ BRONCANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Macarena en reclamación sobre DESPIDO contra SEGURISA, SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD S.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha catorce de Octubre de dos mil ocho , por la que estimando la demanda interpuesta por Da Macarena , contra SEGURISA S.A., se declara la nulidad del despido decretado respecto de la demandante, y se condena a la demandada a la inmediata readmisión de la trabajadora y al abono de los salarios dejados de percibir desde el 24-06-2008 hasta que la readmisión sea efectiva, a razón de 98'90 euros día.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Da Macarena con DNI NUM000 , presta sus servicios como vigilante de seguridad desde el 1-17-1996, en sucesivas empresas (Lambda, Seguridad Alhambra, Seguritas, Black Star y Grupo Control), hasta que en virtud de subrogación pasa a ser trabajadora de SEGURISA S.A. desde el 1-01-200S, al ser ésta la nueva adjudicataria del servicio de vigilancia y seguridad de los centros de laDiputación de Granada. Su categoría en el momento de la subrogación era la de vigilante de seguridad, si bien realizaba funciones de jefe de servicios. Su salario día es de 9S'90 euros, según se había previsto en la oferta efectuada por la empresa para obtener la adjudicación del servicio de vigilancia y seguridad, si bien en la nómina de mayo se le dejó de abonar un complemento de 900 euros, que la empresa le venía pagando desde enero.

SEGUNDO

Alrededor del mes de abril de 200S, se produce una reunión entre D. Jose Carlos , coordinador de seguridad perteneciente a la Diputación de Granada, y Da Macarena , estando presente D. Amadeo director de seguridad de Diputación Provincial, en el curso de la cual el Sr. Jose Carlos le comunica a la demandante que le debía indicar los nombres de entre los vigilantes de seguridad de SEGURISA, de aquellos trabajadores a los que se podría despedir, con el fin de que por la empresa se contratase a ciertas personas, militantes del PSOE o familiares o amigos de militantes de dicho partido. Da Macarena se negó a que se produjera el despido de cualquier trabajador perteneciente a la empresa, rechazando colaborar con el Sr. Jose Carlos .

TERCERO

Días más tarde, D. Jose Carlos pidió a Da Macarena su dimisión, a lo que ésta se negó. A partir de este hecho, alrededor de cincuenta vigilantes de seguridad firmaron un escrito en solidaridad con la demandante, y en repulsa por la petición de dimisión, que fue entregado en Diputación el S de mayo. Unos cuarenta y cinco trabajadores firmaron otro escrito, entregado en Diputación el 20 de mayo, denunciando amenazas, abusos y engaños por parte de D. Jose Carlos . Ante el rumor acerca de la posible pérdida de puestos de trabajo entre los vigilantes de seguridad, y por el temor a esta situación, alrededor de cuarenta vigilantes de seguridad constituyen una plataforma en defensa de los derechos de los vigilantes de seguridad de la Diputación, al margen del Comité de Empresa del que desconfiaban, nombrando como representante a Da Macarena a finales de mayo.

CUARTO

La demandante tenía a su disposición un despacho, en su calidad de jefe de servicios, situado en la planta -1 del edificio de la Diputación Provincial de Granada sito en Periodista Barrios Talavera sIn. En fecha 19 de mayo de 200S, D.

Jose Carlos remite comunicación a SEGURISA, en la que le pide "ante la necesidad de espacio de la coordinación de seguridad", que proceda al desalojo de dicho local del personal dependiente de su empresa (es decir la demandante), para ubicarlo en la sala de control. No consta que el despacho que utilizaba Da Macarena tuviera algún tipo de carencia que afectase al desarrollo de su trabajo, y fue trasladada a una sala de control junto al resto de personal de seguridad. En dicha sala se le habilitó una mesa, una silla y un ordenador en un lateral. No consta la fecha exacta del traslado, pero fue cercana al 2 de junio, cuando por parte de D. Jose Carlos se acuerda colocar una cámara de seguridad en el centro de control, con la excusa de vigilar un armario que alberga grabadores digitales de todos los sistemas de CCTV, si bien con esa cámara se grababa también el espacio ocupado por la demandante.

QUINTO

En fecha 9 de mayo (folio 267 que se da por reproducido), la empresa remite un escrito a la trabajadora en el que le pide información sobre un incidente ocurrido el 23 de marzo de 2008, lo que contesta Da Macarena señalando que ya había informado de dicha incidencia por escrito al delegado de la empresa en Granada (folio 266). En fecha 16 de mayo (folio 270 que se da por reproducido), la empresa solicita a la trabajadora los informes de incidencias de los vigilantes y los informes solicitados a los mismos desde el 1 de enero, lo que contesta la trabajadora señalando que ya había entregado esa documentación, y que todas las incidencias se comunican a la Diputación. En fecha 28 de mayo, la empresa remite a la demandante nuevo escrito (folios 274 y 275 que se dan por reproducidos), en los que tras mostrar la preocupación de la empresa por la actuación de Da Macarena , le requiere para realizar el plan de seguridad, y le establece el modo en el que debía comunicar a la empresa incidencias, estado de instalaciones y medios, así como cuadrantes y gráficos. También le dice en este escrito que el vehículo lo debía utilizar sólo para fines profesionales, y que debía estar de forma permanente disponible y localizable.

El plan integral de seguridad era un compromiso asumido por la empresa SEGURISA al hacerse cargo del servicio, y debía estar terminado el 28 de febrero de 2008. Ante su inexistencia, por parte de D. Amadeo , Director de Seguridad de Diputación Provincial, se recuerda a D. Jose Carlos este hecho para que se ponga en contacto con la empresa adjudicataria. No consta que ese plan haya sido elaborado, pero esta tarea no figura entre las funciones de la demandante como Jefe de Servicios que obran al folio 133. Da Macarena contestó en este sentido el escrito de la empresa de fecha 28 de mayo, mediante fax remitido a la empresa el 3 de junio de 2008, añadiendo su postura acerca de las comunicaciones con la empresa, sosteniendo que el vehículo tenía un uso...

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