STSJ Asturias 87/2009, 9 de Enero de 2009

PonenteMARIA VIDAU ARGÜELLES
ECLIES:TSJAS:2009:2415
Número de Recurso1832/2008
Número de Resolución87/2009
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00087/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2008 0102401, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACIÓN 1832/2008

Materia: CONFLICTO COLECTIVO

Recurrente/s: CADAGUA S.A.

Recurrido/s: UGT

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO de DEMANDA 445/2008

SENTENCIA Nº: 87/2009

ILTMOS. SRES.

D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ

Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES

D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO

En OVIEDO a nueve de Enero de dos mil nueve, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el

artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIAEn el RECURSO DE SUPLICACIÓN 1832/2008, formalizado por el Letrado D. Jesús Javier Chaves Declara, en nombre y representación de la empresa CADAGUA S.A., contra la sentencia de fecha 11 de julio de 2008, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 445/2008, seguidos a instancia del Sindicato UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES-UNIÓN REGIONAL DE ASTURIAS, representado por la Letrada Dña. Marina Pineda González frente a la citada recurrente, en reclamación de CONFLICTO COLECTIVO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha 11 de julio de 2008 por la que se estimaba íntegramente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - La empresa Cadagua S.A. se dedica a la depuración de aguas residuales, disponiendo de una planta en Villáperez, Oviedo, en la que están destinados aproximadamente 29 trabajadores a los que se les aplica el Convenio colectivo del metal. El artículo 26 de tal convenio establece cuando el trabajo se preste en circunstancias de penosidad, toxicidad o peligrosidad, se percibirá un plus por día trabajado según concurran una, dos o las tres circunstancias referidas en la cuantía que fijan las tablas salariales. Los trabajadores de la planta no perciben ninguna cantidad por tal concepto.

  2. - En esa planta existen trece secciones denominadas pretratamiento, desarenado, soplantes, tornillos, Noreña, primario, secundario, secundario aireación, soplantes, compresor, espesamiento (2ª planta), secado (planta baja) y secado (2ª planta). Los trabajadores de la planta circulan por todas estas secciones.

  3. - El ácido sulfhídrico o sulfuro de hidrógeno puede aparecer en distintas secciones de la planta generado por la acumulación de materia inorgánica y orgánica en descomposición. Es un gas incoloro, de olor denso y penetrante, y etiquetado como muy tóxico, nocivo y peligroso para el medio ambiente. Es extremadamente inflamable y la mezcla con gas/aire produce explosión. Su vía principal de penetración es a través de las vías respiratorias, provocando tos, vértigo, dolor de cabeza, dificultad para respirar, nauseas, dolor de garganta, pérdida de conocimiento y genera daños en el sistema nervioso central. En las mediciones efectuadas en la empresa el día 28 de febrero de 2008 se constató una exposición máxima permisible EMP (por encima del 100% se considera que existe peligro higiénico para el puesto de trabajo considerado) del 0% en todas las secciones a excepción de la sección Noreña que presentaba un EMP% de 25, Espesamiento 2ª planta de 64; secado planta baja de 243 y secado 2ª planta 75, por lo que en la evaluación higiénica se concluyó la existencia de peligro higiénico en esas cuatro secciones, en la de secado por el propio proceso y en las otras dos por ser secciones cerradas donde existían nubes del gas. Tras esta medición la empresa colocó una ventilación forzada en esas zonas de trabajo y en las mediciones practicadas el 10 de marzo se constató un EMP de 0 en las secciones de secado.

  4. - Como consecuencia del secado de fangos se produce polvo total que puede afectar a la Sala de control y puestos aledaños. En la medición realizada el día 10 de marzo se constató una exposición máxima permisible de polvo en la sala de control de 4,4%. Para que exista peligro higiénico es preciso que se supere el 100%.

  5. - En la planta, para la realización de las labores de depuración, existe un tanque de almacenamiento de cloruro férrico, que es un líquido parduzco y algo viscoso, fuertemente ácido, que ataca a la mayoría de los metales. Sus principales aplicaciones son el tratamiento de agua y la fabricación de papel. Está clasificado como corrosivo, provoca quemaduras, peligros físicos y químicos, y puede llegar a hidrolizarse y formar precipitados de hidróxido de metal según el nivel de dilución. Las salpicaduras del mismo pueden ocasionar quemaduras en mucosas, ojos y órganos respiratorios; en contacto con los ojos ocasiona irritación intensa, lagrimeo, enrojecimiento de los ojos e hinchazón de los párpados, riesgo de quemaduras, riesgo de lesiones graves o permanentes en los ojos; en contacto con la piel irritación, riesgo de quemaduras, riesgo de dermatosis alérgica, pigmentación persistente; en caso de inhalación irritación intensa de nariz y garganta, tos y respiración difícil, en concentraciones altas, riesgo de bronconeumonía química, edema pulmonar, en caso de exposiciones repetidas o prolongadas riesgos de dolores de garganta, de sangrado de nariz y de bronquitis crónica.

    También se utiliza hipoclorito sódico, clasificado como corrosivo, provoca quemaduras y en contacto con ácidos libera gases tóxicos, siendo necesaria protección respiratoria si el límite de exposición essobrepasado, guantes adecuados, gafas de seguridad al contorno del rostro e indumentaria impermeable.

    Se emplea Astrosol que es un desengrasante concentrado hidrosoluble, en cuya ficha de seguridad constan como peligros los riesgos físicos y químicos pues puede irritar los ojos y la piel siendo preciso utilizar gafas de seguridad y guantes de goma.

    En una parte de la planta se almacena pintura y disolventes. El Oxiprimer es inflamable, nocivo por inhalación y en contacto con la piel siendo preciso la utilización de protección respiratoria, de las manos, de los ojos y de la piel. El disolvente universal es fácilmente inflamable, irrita la piel, nocivo, si se ingiere puede causar daño pulmonar, riesgo de efectos graves para la salud en caso de exposición prolongada por inhalación, contacto con la piel e ingestión. El disolvente nitro D-503 es una mezcla de disolventes aromáticos y alifáticos, apropiado como diluyente para todo tipo de esmaltes y barnices debiendo evitarse el contacto con la piel y la inhalación, las mismas condiciones y riesgos implica el disolvente universal D-504. El esmalte uretanado brillante marino exige durante su aplicación mantener el aire renovado y evitar contacto prolongado con la piel y si se aplica por pulverización la utilización de mascarilla de protección y el iber-shop-primer contiene disolventes volátiles nocivos por inhalación, por lo que deberá procurarse un entorno atmosférico de aire renovable sobre todo si se aplica a pistola y en todo caso debe utilizarse mascarilla de protección. También se almacena en la planta gasóleo, los bidones y contenedores de recogida de residuos, bidones de almacenamiento de grasas y aceites y residuos de laboratorio.

  6. - Todos los trabajadores realizan labores de mantenimiento. Realizan tareas de supervisión y control de la maquinaria e instalaciones de la planta, controlando el vertido de los lodos en la fosa de entrada; el llenado de bañeras con lodos secos; supervisión desde la sala de control de la instalación; mantenimiento y limpieza general de las instalaciones, etc. Todo el proceso de tratamiento se encuentra automatizado y asilado, siendo el contacto con lodos ocasional y reducido, produciéndose en el desarrollo de operaciones de limpieza de vertidos o durante los trabajos de mantenimiento preventivo o correctivo de la planta de secado de lodos y fangos. Para el desarrollo de tareas en las que se esté en contacto con lodos se disponen de EPIS certificados (guantes, gafas, ropa de agua, mascarillas y botas impermeables) así como procedimientos e instrucciones de trabajo dónde se recogen tanto maniobras como equipos de protección a emplear. Los trabajadores cuentan con vestuarios y duchas debidamente equipados así como un doble juego de taquillas destinadas a albergar...

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