SAP Murcia 436/2009, 6 de Octubre de 2009

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2009:1636
Número de Recurso109/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución436/2009
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

SENTENCIA: 00436/2009 AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 3ª PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf : 968229183

Fax : 968229184

Modelo : SEN00

N.I.G.: 30030 37 1 2009 0101971

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000109 /2009

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de MOLINA DE SEGURA Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000440 /2007

RECURRENTE : Virgilio

Procurador/a : MARIA AFRICA DURANTE LEON

Letrado/a :

RECURRIDO/A : BANCO ESPAÑOL DE CREDITO,S.A. BANCO ESPAÑOL DE CREDITO,S.A. Procurador/a :

Letrado/a :

SENTENCIA Nº 436/2009

ILMOS SRESD. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

D. Fernando López Del Amo González

Dª María Pilar Alonso Saura

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a seis de octubre de dos mil nueve. La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 109/09, dimanante del procedimiento sobre el derecho al honor tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Molina de Segura y seguido entre D. Virgilio como demandante y Banco Español de Crédito SA como demandada, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandante, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. Jiménez Gutiérrez y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 1/9/08 dictó sentencia , cuyo fallo es del tenor siguiente: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Carmen Ortuño Muñoz en nombre y representación de D. Virgilio contra el Banco Español de Crédito S.A. (Banesto) DEBO DECLARAR Y DECLARO que la inclusión de datos personales del demandante en la CIRBE constituyó un atentado al derecho al honor del mismo, y en consecuencia, DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a indemnizar al actor con la cantidad de SEIS MIL EUROS (6.000 euros), más el interés legal de dicha suma desde la fecha de la interposición de la presente demanda, ABSOLVIENDO a la demandada del resto de los pedimentos deducidos en su contra.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por la mitad".

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para deliberación del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aquietado el Banco demandado a la presencia de un atentado al derecho al honor del actor decretada en la sentencia de instancia, la cuestión a resolver en esta alzada se ciñe al tramo del suplico de la demanda del Sr. Virgilio consistente en la indemnización por aquella mercantil y en concepto de lucro cesante o pérdida de ganancias en la suma de 190.597,80 euros.

El ahora apelante impugna, pues, la estimación sólo parcial de sus pretensiones y asienta el mantenimiento de la totalidad de lo en su día interesado en la prueba documental representada por determinadas comunicaciones de otras empresas con las que mantenía relaciones comerciales con anterioridad a su inclusión en el CIRBER y en un informe pericial redactado por el asesor Sr. Cipriano .

Banesto no contesta el recurso ni se persona en esta segunda instancia. La norma genéricamente reguladora del lucro cesante en nuestro CC es su...

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