STSJ Andalucía 2256/2006, 25 de Septiembre de 2006
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 2256/2006 |
Fecha | 25 Septiembre 2006 |
2256/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA
Recurso: SUPLICACION 1676/2006
Sentencia Nº 2256/06
ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE
ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ, ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS
En la ciudad de Málaga a veinticinco de septiembre de dos mil seis
La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA CON SEDE EN MALAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente:
S E N T E N C I A
En el Recurso de SUPLICACION interpuesto por SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE CUTESA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. contra el Auto dictado por JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS
Que según consta en autos se presentó demanda por Filomena Y 2 MAS sobre Ejecución siendo demandado SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE CUTESA EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. habiéndose dictado Auto por el Juzgado de referencia en fecha 2 de Marzo de 2.006 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
En el Auto aludido se declararon como hechos probados los siguientes:
ÚNICO.- En la presente pieza separada de ejecución nº 25/05, dimanante de los autos seguidos en este Juzgado con el nº 305/03 a instancias de Dª Filomena y otros contra "CUTESA, Empresa Constructora, S.A." y otros sobre reclamaciones de Cantidad derivadas de fallecimiento en accidente de trabajo, se ha recurrido en reposición por los Síndicos de la quiebra de "CUTESA, Empresa Constructora, S.A." la providencia de 11 de Enero de 2.006 en la que se ordenó hacer entrega a la parte actora de la cantidad ingresada en la cuenta oficial de este Juzgado de 34.890,06 euros así como estar a la espera de la firmeza de la resolución para librar el correspondiente mandamiento de devolución (extremo éste que no ha sido objeto de impugnación), habiéndose opuesto la parte actora a la reposición pretendida en el plazo conferido.
Que contra dicho Auto anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.
Frente a Auto dictado por el Juzgado de instancia en pieza separada de ejecución dimanante de autos en reclamaciones de cantidad derivadas de fallecimiento en accidente de trabajo, que desestimaba reposición contra proveído de 11 de enero pasado en que se ordenaba hacer entrega a la actora de determinada cantidad ingresada en la cuenta oficial del Juzgado, se alza en suplicación la Sindicatura de la Quiebra de Cutesa Empresa Constructora S.A codemandada, para en un único motivo de censura jurídica, al amparo por tanto del apartado c) del artículo 191 LPL, denunciar infracción por indebida aplicación del art. 32 apartados 1 a 5 en relación con el art. 26.2ET y art. 9.4 de la Ley de Suspensión de Pagos, en cuanto dispone que "los juicios ordinarios y ejecutivos en que no se persigan bienes especialmente hipotecados o pignorados, que se hallaren en curso...
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