SAN, 8 de Marzo de 2000

PonenteJUAN CARLOS FERNANDEZ DE AGUIRRE FERNANDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2000:1528
Número de Recurso0950/1999

Sentencia

Madrid, a ocho de marzo de dos mil.

VISTOS por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia

Nacional, el recurso número 950/99 promovido por el Procurador don Eduardo Codes Feijoo, en

nombre y representación de la JUNTA VECINAL Y ADMINISTRATIVA DE CASTROCONTRIGO,

contra la resolución del MINISTRO DE DEFENSA de 5 de julio de 1.999, sobre reclamación de

daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial de la Administración, habiendo sido parte la

Administración demandada, el MINISTERIO DE DEFENSA representado por el Abogado del

Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso se reclamó el expediente a la Administración y, siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte demandante para la formalización de la demanda, lo que verificó mediante escrito que obra en Autos, en el que expuso los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminando suplicando se dictara sentencia por la que se declare dejar sin efecto ni validez la resolución impugnada, por infracción del ordenamiento jurídico, en lo que respecta tan solo al importe o cuantía de la indemnización, habiendo lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado a favor de la Entidad Local Menor Castrocontrigo, pero indemnizándola en la suma de 148.434.332 pesetas con abono tan solo de la diferencia resultante, al haber sido ya cobrado por dicha entidad la cantidad de

98.747.120 pesetas, es decir, en la cifra de 49.687.212 pesetas y costas.

SEGUNDO

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara a la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras expresar los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando que se dictara una Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto y confirmatoria de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

No habiéndose acordado recibimiento del recurso a prueba ni trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, el cual tuvo lugar el día uno de marzo de dos mil, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS FERNANDEZ DE AGUIRRE, quien expresa el parecer de la Sala.

CUARTO

La cuantía del presente recurso se cifra en 49.687.212 pesetas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo determinar, si es o no conforme a Derecho, la resolución del Ministro de Defensa de 5 de julio de 1.999, por la que se declara la responsabilidad patrimonial del Estado y se acuerda indemnizar a la Entidad Local Menor Castrocontrigo en la cantidad de 98.747.120 pesetas correspondientes a los siguientes conceptos: a) 97.374.288 pesetas por las masas forestales dañadas y la pérdida de protección frente a la erosión y b) 1.372.832 pesetas por los menores ingresos procedentes del coto de caza LE-10.822 de su propiedad.

SEGUNDO

Los hechos que han dado lugar a las presentes actuaciones son, en síntesis, los siguientes: a) los día 12 y 13 de septiembre de 1.998 diversas unidades del Ejército de Tierra llevaron a cabo ejercicios de tiro con fuego real en el Campo Nacional de Tiro y Maniobras de "El Teleno" (León); b) sobre las 9.20 horas del día 13 de septiembre de 1.998 una granada de mortero produjo un fuego dentro de la zona de caída de proyectiles, no adoptándose al respecto medida de extinción alguna; c) sobre las 11.40 horas del mismo día se produjo un segundo fuego, también a consecuencia de las prácticas de tiro, sin que tampoco en esta ocasión se realizaran labores de extinción; d) los fuegos generados, impulsados por el viento, atravesaron un cortafuegos existente en la zona alcanzando una dimensión y desarrollo que, dados medios disponibles, imposibilitaron su extinción; e) la propagación del fuego afectó, entre otras, a diversas superficies propiedad de la Entidad Local Menor Castrocotrigo, en una extensión de 380,18 Hectáreas, arrasándolas, y afectando a diversos aprovechamientos tales como masas forestales, aprovechamientos micológicos, caza, fauna y pesca, apicultura y aprovechamientos...

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