SAP Vizcaya 184/2004, 24 de Febrero de 2004

PonenteMARIA LOURDES ARRANZ FREIJO
ECLIES:APBI:2004:355
Número de Recurso896/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución184/2004
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 184/04 ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

D. IGNACIO OLASO AZPIROZDÑA. LOURDES ARRANZ FREIJO

En BILBAO, a veinticuatro de Febrero de dos mil cuatro. Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantia 390/00, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Getxo y seguidos entre partes: Como apelantes: Marina , Carmela y Pedro Jesús representados por la Procuradora Sra. Basterreche Arcocha y dirigidos por el Letrado Sr. Martín Alonso y como apelada que se opone al recurso Ángela representada por la Procuradora Sra. Fernández de Martikorena Cerezedo.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 3 de Julio de 2002 es de tenor literal siguiente: "FALLO: Que, sin imponer las costas, y con absolución de Marina , debo condenar y condeno a Carmela y a Pedro Jesús a que abonen cada uno de ellos a Ángela la cantidad, cada uno de ellos, de

8.325,12 euros, la cual devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia."

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 896/02 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrado DÑA. LOURDES ARRANZ FREIJO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo de recurso lo constituye la alegación de infracción del derogado art. 523 LEC, pues habiendo sido absuelta una de las demandadas, no se condena a la parte actora al pago de las costas generadas por dicha demandada absuelta.

El recurso se acoge. La demandada, madre de los coherederos así mismo demandados es absuelta , por no ostentar la condición de heredera, estando injustificada su llamada a juicio, por...

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