SAP Girona 458/2006, 13 de Noviembre de 2006

PonenteJOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT
ECLIES:APGI:2006:1535
Número de Recurso530/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución458/2006
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 2ª

SENTENCIA 458 /06 .

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE

D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO

MAGISTRADOS

D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT

D. JAUME MASFARRE COLL

Girona, a trece de noviembre de dos mil seis.

En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante GAS NATURAL DISTRIBUCION SDG S.A., representada por la Procuradora Dña. ROSA BOADAS VILLORIA.

Ha sido parte apelada D. Humberto , en rebeldía procesal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de GAS NATURAL DISTRIBUCION SDG S.A. contra D. Humberto .

SEGUNDO

La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: " Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de la entidad, GAS NATURAL DISTRIBUCION SDG S.A., contra D. Humberto , declaro resuelto el contrato de suministro de gas para el consumo del inmueble en C/ DIRECCION000 , nº NUM000 , NUM001 , NUM002 de Salt condenando al demandado a que abone a la actora la cuantía de 5.081,45 euros, más el correspondiente interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda 07-09- 05 hasta la fecah de esta sentencia y desde esta fecha hasta su completo pago los intereses del Art. 576 de la L.E.C . No se hace pronunciamiento expreso en materia de costas.".

TERCERO

En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.

CUARTO

En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día trece de noviembre de dos mil seis.

QUINTO

Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El primer motivo del recurso de la empresa suministradora de gas demandante se refiere a que no se haya condenado al demandado al pago de la suma de gas que se acredite desde el consumo determinado por la última lectura practicada y el que se constate en la lectura del contador que se efectuará al realizar la desconexión.

La sentencia apelada deniega esta pretensión al entenderla incompatible con lo establecido en el artículo 219 de la LEC ya que contiene una condena de futuro.

El artículo 219 de la LEC , efectivamente pretende restringir una práctica demasiado frecuente bajo la legislación procesal anterior consistente en dejar para ejecución de sentencia la determinación de la cuantía a pagar por el demandado. No obstante, no la ha impedido de una manera total. Solo la permite en aquellos casos en que la sentencia con reserva de liquidación para la fase de ejecución contenga unas claras bases sobre las que deberá efectuarse, de manera que consista en una simple operación matemática.

En el presente caso, como sucede en tantos otros de los que ha tenido conocimiento este tribunal, en la...

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