SAP Madrid 71/2009, 11 de Febrero de 2009
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2009:1898 |
Número de Recurso | 44/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 71/2009 |
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00071/2009
Rollo: RECURSO DE APELACION 44 /2009
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 117 /2006
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 58 de MADRID
PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
APELANTE: I.V. SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA
PROCURADOR: ISABEL JULIA CORUJO
APELADO: Adolfo, Claudio, FERROVIAL AGROMAN S.A.
PROCURADOR: Mª JOSE RODRIGUEZ TEIJEIRO, MARIA LUISA LOPEZ-PUIGCERVER PORTILLO, ANTONIO Mª ALVAREZ-BUYLLA BALLESTEROS
En MADRID, a once de febrero de dos mil nueve.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre vicios de la construcción, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 58 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante I.V. SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA representada por la Procuradora Sra. Julia Corujo y de otra, como apelados demandados DON Adolfo representado por la Procuradora Sra. Rodríguez Teijeiro, DON Claudio representado por la Procuradora Sra. López-Puigcerver Portillo y FERROVIAL AGROMAN S.A. representada por el Procurador Sr. Álvarez-Buylla Ballesteros, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 58 de Madrid, en fecha 25 de febrero de 2008, se dictó sentencia y con fecha 21 de abril de 2008 se dictó auto de aclaración, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente el escrito inicial de demanda presentado por la procuradora Doña Isabel Julia Corujo en nombre y representación de I.V. SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA debo declarar y declaro la obligación solidaria de FERROVIAL AGROMAN, S.A., DON Narciso Y DON Claudio de realizar los trabajos de comprobación y las obras necesarias para reparar las grietas y demás desperfectos existentes actualmente en la fachada, incluyendo las faltas de apoyo sobre el forjado ya detectadas, desestimando la demanda en cuanto al resto. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas, abonando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
"PARTE DISPOSITIVA: ACUERDO aclarar la sentencia dictada en el seno de este procedimiento con fecha 25 de febrero de 2008, en los términos expuestos en el fundamento jurídico segundo de la presente resolución, permaneciendo inalterables el resto de pronunciamientos".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de febrero de 2008.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones...
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