STSJ Murcia 1066/2008, 9 de Diciembre de 2008

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2008:2733
Número de Recurso954/2008
Número de Resolución1066/2008
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01066/2008

ROLLO Nº: RSU 954/2008

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a nueve de diciembre del dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por IBERMUTUAMUR, contra la sentencia número 132/08 del Juzgado de lo Social número Seis de Murcia, de fecha 26 de mayo del 2008, dictada en proceso número 844/07, sobre SEGURIDAD SOCIAL, y entablado por DOÑA Esther frente a PLASBEL PLASTICOS, S.A., IBERMUTUAMUR, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- La actora Dª Esther , mayor de edad y con D.N.I. núm. NUM000 , viene prestando servicios como empaquetadora para la codemandada empresa PLASBEL PLÁSTICOS, S.A. desde 19-08-97. Dicha empresa tiene cubierto el subsidio por riesgo durante el embarazo con la también codemandada IBERMUTUAMUR; sin que conste informe de descubierto en el pago de cuotas. Segundo.- En fecha 30-05-07 la actora solicitó de IBERMUTUAMUR el subsidio por riesgo durante el embarazo; siéndole denegado por acuerdo de 23-07-07, por considerarse que su estado puede ser susceptible de incapacidad temporal a determinar por su médicode familia y ginecólogo, al entrar dentro de lo que se considera embarazo de riesgo. Posteriormente, por acuerdo de 24-10-07, IBERMUTUAMUR reconoció a la trabajadora la prestación por riesgo durante el embarazo a partir de 02-08-07 y en función de una base reguladora diaria de 39'71 €. Tercero.- Contra el anterior acuerdo, la trabajadora interpuso reclamación previa que fue desestimada por silencio. Cuarto.- Se han emitido por el Servicio Murciano de Salud informes de maternidad/riesgo laboral embarazo de fechas 11-05-07 y 18-07-07, que se dan aquí por reproducidos y en los que, tras indicarse que la ahora demandante trabaja 8 horas de pié y en contacto con disolventes y pinturas, se le desaconseja coger objetos pesados y realizar jornadas nocturnas. Quinto.- En fecha 15-05-07, fue emitida declaración empresarial sobre situación de riesgo durante el embarazo en la que se indicaba que no existía otro puesto de trabajo compatible con el estado de la trabajadora y se establecía el paso de la misma a la situación de suspensión del contrato de trabajo desde 11-05-07. Sexto.- La base reguladora del subsidio por riesgo durante el embarazo objeto de esta litis asciende a 39'71 € diarios y el periodo al que se contrae la misma es desde 11-05-07 hasta 01-08-07; hecho este que es pacíficamente admitido por las partes."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por el I.N.S.S. frente a la demanda planteada en su contra por Dª Esther . Que estimando en parte la demanda planteada por Dª Esther , frente a IBERMUTUAMUR, la empresa PLASBEL PLÁSTICOS, S.A., el I.N.S.S., la T.G.S.S. y el S.M.S., debo declarar y declaro el derecho de la demandante al subsidio por riesgo durante el embarazo durante el periodo 11-05-07 hasta 01- 08-07, en función de una base reguladora diaria de 39'71 €; condenando a IBERMUTUAMUR a su abono y al resto de codemandados a estar y pasar por esta resolución; absolviéndolos del resto de pedimentos deducidos en su contra.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA MARIA DEL MAR CALABRIA PEREZ, en representación de la parte demandada IBERMUTUAMUR, con impugnación de contrario de DOÑA Esther , representada por D. ROBERTO ARTURO GARCIA MORENO.

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