SAP Lugo 358/2005, 13 de Octubre de 2005

PonenteJOSE ANTONIO VARELA AGRELO
ECLIES:APLU:2005:958
Número de Recurso266/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución358/2005
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 358 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE: Dª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

Lugo, trece de octubre de dos mil cinco.

La Iltma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.° 266/2005, dimanante del Juicio Ordinario n.° 460/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Lugo sobre reclamación de cantidad; siendo apelante el demandado Término Cinegético Ordenado Río Chamoso n° LU-10.019 Castroverde, representado por el procurador Sr. López Mosquera y apelado el demandante Sociedad Agraria de Transformación Pedrosas S.A.T. n° 1026 XUGAS, representado por el procurador Sr. Mourelo Caldas; actuando como ponente el Magistrado, Iltmo.

Sr. D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha tres de diciembre de dos mil cuatro, el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: que estimando como estimo parcialmente la demanda debo condenar y condeno a la parte demandada a que satisfaga a la parte actora el importe de 9.745,25 euros, con los intereses legales desde la fecha de la presente resolución, y sin pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandado Término Cinegético Ordenado Río Chamoso N°LU-10.019 Castroverde, teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Primera.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan en lo sustancial los de la sentencia apelada, excepto en la valoración de los daños de forma parcial.

PRIMERO

En la presente contienda judicial una Sociedad Agraria de Transformación reclama a un Coto de Caza los daños en una plantación de maíz que dice fueron causados por jabalíes.

La sentencia estima parcialmente la pretensión actora y contra dicha decisión judicial se alza en apelación el T.E.C.O.R. interpelado.

SEGUNDO

La primera cuestión a resolver es la etiología de los daños, y en concreto si estos fueron provocados por...

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