SAP Barcelona 135/2005, 14 de Marzo de 2005
Ponente | RAMON FONCILLAS SOPENA |
ECLI | ES:APB:2005:2295 |
Número de Recurso | 595/2004 |
Número de Resolución | 135/2005 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
SENTENCIA N ú m. 135/05
Ilmos. Sres.
D./Dª. RAMON FONCILLAS SOPENA
D./Dª. AMELIA MATEO MARCO
D./Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA
En la ciudad de Barcelona, a 14 de marzo del 2005
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoseptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 580-2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona , a instancia de D/Dª. Felipe , contra Catalana de Occidente S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y por la demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22-3-04, por el/la Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por D. Felipe contra Catalana de Occidente S.A. debo condenar y condeno a la demandada a pagar la suma de 5.998,63 euros más los intereses legales incrementado en el 50 por ciento desde el dia 20 de julio de 2001 hasta el dia 20 de julio de 2003 y a partir de esta fecha hasta su completo pago al tio del 20 %. No se hace expresa imposición de costas.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora y la demandada mediante sus escritos motivados, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 24-2-05.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. RAMON FONCILLAS SOPENA.
Se discute el alcance indemnizatorio de las consecuencias de un siniestro por la acción del agua en la vivienda del actor D. Felipe en la población de Blanes, que debe soportar su compañía aseguradora Catalana de Occidente.
La sentencia de primera instancia estima parcialmente la demanda y apela el actor que insiste en la procedencia de la íntegra cantidad que reclamó, resultante de la suma del importe de cinco facturas por los trabajos de reparación, siendo las partidas que, al no haber sido concedidas, constituyen el objeto del recurso, la de albañilería en su totalidad y la parcial de carpintería.
En cuanto a la de albañilería, hay que partir ante todo de que la factura es la aportada con el escrito de recurso, por importe de 865,46 euros, en sustitución de la que por un importe parecido se acompañó erróneamente con la demanda y que se refiere en realidad a otros trabajos distintos. Se estimó la posibilidad subsanatoria en auto dictado en el rollo y hay que estar a dicha factura y a su importe.
El perito de la aseguradora no indica en su informe ni las partidas a que en su opinión deben contraerse las reparaciones por haber sido afectadas por la acción del agua ni, por tanto, su valoración. Seguramente por las incidencias habidas entre las partes y el deseo de llegar a un acuerdo satisfactorio para ellas que impidiera el planteamiento del proceso el...
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