SAP Pontevedra 167/2006, 21 de Marzo de 2006
Ponente | MAGDALENA FERNANDEZ SOTO |
ECLI | ES:APPO:2006:1300 |
Número de Recurso | 5175/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 167/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª |
SENTENCIA núm. 167
En Vigo, a veintiuno de marzo de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, los autos de Juicio Verbal nº 16/05, sobre reclamación de cantidad por daños en circulación, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Vigo , a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 5175/05, en los que aparece como parte Apelante-demandante, MUTUAL CYPLOPS, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, núm. 126, representada por el Procurador
D. Félix Hombría Gestoso y asistida por el letrado D. José Luis Feijoo Borrego, y como parte Apelada-demandada, PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el Procurador Dª Victoria Barros Estévez y asistida del letrado D. Jesús Novoa Fernández.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MAGDALENA FERNANDEZ SOTO quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Vigo, con fecha 13 de abril de 2005 se dictó Sentencia cuyo Fallo textualmente dice:
"Que, debo desestimar y desestimo la demanda de juicio verbal interpuesta por el Procurador de los tribunales en nombre y representación de la entidad MUTUAL CYCLOPS, absolviendo a la cía demandada PELAYO MUTUA DE SEGUROS de los pedimentos que les afectaban, con imposición de las costas delpleito a la parte actora".
Frente a la anterior resolución se preparó y formalizó recurso de apelación por la representación de Mutual Cyplops, que fue admitido a trámite, y conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria. Y una vez cumplimentados los trámites legales y emplazadas las partes, se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sala.
Recibidos los autos en esta Secretaría, se formó el Rollo, registrándose y turnándose la ponencia. Personadas las partes en esta segunda instancia, y no habiéndose solicitado la práctica de prueba, se señaló fecha para la deliberación, votación y fallo del presente recurso, que tuvo lugar el pasado día 16 de marzo.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.
La entidad actora, Mutual Cyclops, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, presta sus servicios, entre otras a la...
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