SAP Pontevedra 547/2005, 25 de Noviembre de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS
ECLIES:APPO:2005:1709
Número de Recurso502/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución547/2005
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA Nº: 547/2005

En PONTEVEDRA, a veinticinco de Noviembre de dos mil cinco.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio verbal civil nº 0451/04, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ponteareas (Rollo de Sala número 502/05) en el que son partes como apelante D.- Braulio ; y como apelada "SOCIEDAD GENERAL DE AUTOREZ Y EDITORS (SGAE)", que se personó en esta instancia representada por la Procuradora Dña.- Carmen Torres Álvarez, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de abril de 2005, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice:"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Begoña Saborido Ledo, en nombre y representación de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), contra D. Braulio :

1) Condeno al demandado a abonar a la demandante la cantidad de setecientos cinco euros con cuarenta y tres céntimos (705,43 euros), más el interés legal devengado por esta cantidad desde la interposición de la demanda.

2) Condeno al demandado al pago de las costas causadas en esta instancia".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por D.-Braulio , recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por "SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (SGAE)".

TERCERO

Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 5 de octubre de 2005, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se plantea el presente recurso de apelación en orden a la obtención de la revocación de la sentencia estimatoria de la demanda y consiguiente desestimación de la pretensión actora en base a entender que concurre error en la apreciación de la prueba testifical y documental pues ésta no es evaluable al efecto de entender acreditada la realidad de un aparto de TV en el establecimiento del demandado, hecho básico de la pretensión, siendo éste el objeto exclusivo de oposición en la contestación y juicio celebrados. Junto a ello se desliza una argumentación en relación a las tarifas aplicadas que se entienden sólo de 2004 cuando se demanda un período de 1999 a 2004, que por sí misma no puede ser...

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