SAP Pontevedra 379/2006, 28 de Junio de 2006

PonenteMANUEL ALMENAR BELENGUER
ECLIES:APPO:2006:1611
Número de Recurso396/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución379/2006
Fecha de Resolución28 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 379

En la ciudad de Pontevedra, a veintiocho de junio del año dos mil seis.

Visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia pronunciada en los autos de juicio ordinario seguidos con el núm. 50/05 ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Tui , siendo apelante el demandante D. José , representado por la procuradora Sra. Sanjuán Fernández y asistido por el letrado Sr. Martínez Nogueira, y apelados la CÍA. "MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A.P.F.", representada por el procurador Sr. Sanjuán Fernández y asistida por el letrado Sr.Quirós Echegaray, y D. Juan Carlos , no personado en esta alzada.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y, además

PRIMERO

Con fecha 3 de octubre de 2005, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Tui pronunció en los autos originales de juicio ordinario, de los que a su vez dimana el presente rollo de apelación, sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada, decía:

"ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la procuradora María Teresa Muiños Torrado en nombre y representación de Don José contra Don Juan Carlos y la entidad mercantil MAPFRE de Seguros y Reaseguros S.A. condenando a dichos demandados a abonar a D. José la cantidad de MIL QUINIENTOS CATORCE EUROS CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (1.514,28) euros más los intereses legales del artículo 20 de la Ley del contrato de seguro para la entidad aseguradora."

SEGUNDO

Notificada a las partes, por la representación del demandante se anunció en tiempo y forma la interposición de recurso de apelación contra la meritada sentencia, recurso que se formalizó mediante escrito presentado el 18 de enero de 2006 y en virtud del cual, tras alegar los hechos y razonamientos jurídicos que estimó de aplicación, terminaba suplicando que, previos los trámites legales, se dicte sentencia por la que, estimando el recurso interpuesto, se revoque parcialmente la de instancia y se condene a los demandados a abonar también al recurrente la cantidad de 2.747'84 €, por los diez días de paralización del furgón Mercedes Benz, matrícula .... WGK , con expresa imposición de costas a la parte contraria.

TERCERO

De los referidos recursos se dio traslado a la adversa, evacuando únicamente el trámite la demandada "Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros A.P.F.", que se opuso a los mismos, interesando su desestimación, con imposición a la recurrente de las costas del recurso, tras lo cual con fecha 24 de mayo de 2006 se elevaron directamente los autos a esta Audiencia, turnándose a la Sección 1ª, donde se acordó la formación del oportuno rollo y se designó ponente al magistrado Sr. Manuel Almenar Belenguer, que expresa el parecer de la Sala.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales que lo regulan.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los razonamientos expuestos en la sentencia de instancia y que la Sala comparte, teniéndolos por reproducidos para evitar inútiles repeticiones.

PRIMERO

En el presente procedimiento se ejercita por D. José , en su condición de titular de un vehículo furgón marca Mercedes Benz, .... WGK , destinado al transporte de mercancías, acción en reclamación de cantidad por los daños y perjuicios sufridos con ocasión del accidente de tráfico ocurrido sobre las 12:00 horas del día 18 de octubre de 2004, cuando D. Narciso , debidamente autorizado, conducía el referido vehículo por la Autovía A-55 (Porriño-Tui), en sentido Tui, y, en un momento dado, la conductora del turismo marca Citroen Saxo, matrícula QA-....-QQ , que le precedía en el mismo sentido de su marcha, perdió el control del vehículo y se quedó cruzada en medio de la vía, invadiendo ambos carriles, ante lo cual el conductor del furgón realizó una maniobra evasiva, sin poder evitar colisionar contra otro turismo, que circulaba inmediatamente detrás del Citroen Saxo y que también trataba de esquivarlo.

Daños y perjuicios que se concretan en el importe de la reparación de los desperfectos ocasionados en el furgón (1.514'28 €) y en el lucro cesante derivado de la imposibilidad de utilizar el vehículo para su actividad empresarial habitual durante los 10 días que permaneció inmovilizado en las instalaciones del taller mientras se procedía a su reparación (2.747'84 €).

La demanda se presenta contra D. Juan Carlos , como propietario del turismo marca Citroen Saxo, que se dice causante del accidente, y contra la Cía. "Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros A.P.F.", que en virtud del correspondiente contrato de seguro cubría el riesgo de responsabilidad civil que pudiere derivarse de la circulación del mencionado vehículo.

Los demandados, tras reconocer tanto la realidad y circunstancias del siniestro como la certeza y vigencia de la relación aseguraticia, se oponen a esta pretensión argumentando que la única causa del accidente fue la actuación imprudente del conductor del furgón, que circulaba a una velocidad excesiva, loque le impidió percatarse con la suficiente antelación de la presencia del turismo marca Citroen Saxo, que se había accidentado algún tiempo antes y cuya conductora, auxiliada por otro usuario, había procedido a apartar su vehículo, que en ningún momento invadió el carril izquierdo de los dos destinados a su sentido de marcha, mientras aquel usuario se desplazaba metros atrás y señalizaba el accidente, avisando a los conductores que se aproximaban, cuando apareció el conductor del vehículo del actor a gran velocidad que, al intentar eludir al turismo, colisionó contra otro automóvil que tomaba una salida anterior de la autovía. De forma subsidiaria, se impugna la partida reclamada en concepto de lucro cesante,...

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