SAP Asturias 158/2006, 7 de Abril de 2006

PonenteJAIME RIAZA GARCIA
ECLIES:APO:2006:1068
Número de Recurso76/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución158/2006
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA Nº 158

En el Rollo de apelación núm. 76/06, dimanante de los autos de juicio civil Verbal, que con el número 823/05 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Oviedo , siendo apelante la FEDERACION ASTURIANA DE COMERCIO, demandado en Primera Instancia, representado por el Procurador Don Jesús Vázquez Telenti, y asistido por el Letrado Don José Ramón Alonso Priede; y como parte apelada DON Leonardo , demandante en Primera Instancia, representado por la Procurador/a Dª Mª Angeles Pérez-Peña del Llano, asistido/a por el Letrado Don José-Luís Orejas Pérez; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Jaime Riaza García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Oviedo, dictó sentencia en fecha 2 de Diciembre de 2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la oposición formulada por la Federación Asturiana de Comercio, representada por el Procurador de los Tribunales Don Jesús Vázquez Telenti frente a la demandada de juicio cambiario formulada por don Leonardo , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Angeles Pérez Peña del Llano, debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro pago al ejecutante de las responsabilidades por las que se despachó la ejecución en la suma de 2.960 euros de nominal, más 187,16 euros por gastos bancarios de devolución, 214,01 euros de intereses devengados desde la fecha de vencimiento de la letra, más los intereses desde la fecha de interposición de la demanda, gastos y costas causadas y que se causen, a las cuales se condena expresamente a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte apelante, del cual se dio el preceptivo traslado a las demás partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley , que lo evacuaron en plazo con oposición. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 4 de Abril de 2006.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La apelante impugna la sentencia de instancia por error en la valoración de la prueba ofrecida sobre el servicio profesional prestado por el apelado que supuestamente justificaría la aceptación de la letra y sobre la carga de la prueba sobre tal extremo que, en casos de autocontratación como el que dice que nos ocupa, incumbiría al librador.

SEGUNDO

Ciertamente en nuestras sentencias de 16 de marzo de 1995, 20 de marzo de 1997, 12 de abril de 2.000 y 12 de febrero de 2.001 esta Sala ha venido declarando con absoluta reiteración que "el respeto a la declaración cambiaría y la propia necesidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Badajoz 164/2016, 30 de Junio de 2016
    • España
    • June 30, 2016
    ...que no tiene cabida en el procedimiento matrimonial, precisamente por no tratarse de la vivienda familiar ( SAP Murcia 23-12-03 ; SAP Asturias 7-4-06 ; SAP Lugo 5-7-07 ), por lo que ha de estarse en cada caso al régimen propio del bien de que se trate; considerando que la razón de ser del p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR