SAP Asturias 189/2006, 15 de Mayo de 2006
Ponente | RAMON AVELLO ZAPATERO |
ECLI | ES:APO:2006:1365 |
Número de Recurso | 163/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 189/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª |
SENTENCIA
En el recurso de apelación número 163/06, en autos acumulados de Juicio verbal (tráfico) nº 355/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de Oviedo , promovido por DON Daniel , contra DOÑA Sonia , DON Romeo , PELAYO MUTUA SEGUROS y SEGUROS ZURICH, siendo Ponente Ilmo. Sr. Presidente Don Ramón Avello Zapatero.-ANTECEDENTES DE HECHO
Que el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de Oviedo dictó Sentencia con fecha dieciséis de Febrero de dos mil seis , cuya parte dispositiva dice así: Estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. García Cosío Alvarez en representación de Sonia y desestimando la demanda acumulada interpuesta por la Procuradora Sra. Oria Rodríguez en nombre y representación de Daniel condeno a Daniel y a Seguros Zurich a abonar a Sonia 938,85 euros más los intereses prevenidos en el fundamento primero de esta resolución, con imposición a aquellos de las costas procesales de Sonia y con imposición a Daniel de las costas procesales de Romeo y Seguros Pelayo.
Contra la expresada resolución se interpuso por Don Daniel recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día nueve de Mayo de dos mil seis.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
Ejercitadas por Doña Sonia y Don Daniel sendas acciones personales tendentes a obtener el debido resarcimiento de los daños materiales causados en los vehículos de su propiedad Renault Clio matrícula ....-....-OJ y Mazda matrícula ....-ZLQ , a consecuencia de una colisión ocurrida el día 7 deEnero de 2005, mediante la formulación de demandas independientes, posteriormente acumuladas, que cada uno de dichos demandantes dirigió contra el conductor, propietario y Compañía aseguradora del vehículo contrario, a quienes imputaba la responsabilidad del siniestro, con fundamento en los artículos 1902 y 1903 del Código Civil , 1 y 6 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor y 76 de la Ley de Contrato de seguro , la Sentencia de instancia entendió que dicha colisión era imputable al conductor del turismo MAZDA y en consecuencia estimó la demanda formulaba por...
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