SAP Asturias 340/2006, 16 de Junio de 2006

PonenteRAMON IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE
ECLIES:APO:2006:1787
Número de Recurso708/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución340/2006
Fecha de Resolución16 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

SENTENCIA Núm. 340/06

Ilmos. Sres. Magistrados:

PRESIDENTE: D. RAFAEL MARTÍN DEL PESO

MAGISTRADOS: D. RAMÓN IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE

D. JULIÁN PAVESIO FERNÁNDEZ

En GIJON, a dieciseis de Junio de dos mil seis.

VISTOS, por la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial de Oviedo, con sede en Gijón, los presentes autos de P. Ordinario nº 1079/04, Rollo núm. 708/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Gijón ; entre partes, como Apelante "ALLIANZ CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA", representada por el Procurador Sr. Castro Eduarte, bajo la dirección letrada de D. Joaquín Glez Cadrecha, como Apelado D. Bernardo , representado por el Procurador Sra. Ucha Tomé, bajo la dirección letrada de Dª Pilar Díaz Fdez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Gijón, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 16-5-05 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Inés Ucha Tomé, en nombre y representación de D. Bernardo , contra la entidad mercantil "Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros SA", debo acordar y acuerdo lo siguiente: 1º/ Se condena a "Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros SA", a satisfacer a D. Bernardo la cantidad global de veintisiete mil ochocientos veintinueve euros con dieciocho céntimos (27.829,18 €),por incapacidad temporal y secuelas. 2º/ "Allianz" satisfará además los intereses, moratorios del artículo 209 de la Ley de Contrato de Seguro , -excepto sobre la cantidad de cuatro mil veinticuatro euros con treinta y seiscéntimos (4.024,36 €) hasta que se pague o consigne, con finalidad estrictamente solutoria, el principal objeto de condena. 3ª/ No ha lugar a hacer especial pronunciamiento referido a costas"

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de "Allianz Cia de Seguros y Reaseguros SA", se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, donde se registró al Rollo nº 708/05, y cumplidos los oportunos trámites, pasaron los autos al Ponente para resolver.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan, en lo sustancial, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

SEGUNDO

La apelante, "Allianz Ras Seguros y Reaseguros S.A.", impugna la Sentencia recaída en la primera instancia, no para negar su obligación de indemnizar al demandante por los daños y perjuicios sufridos en el accidente de circulación en el que se vio involucrado el 3 de julio de 2.003, sino tan sólo para negar que deba hacerlo en las cuantías fijadas en dicha resolución.

La parte apelante impugna la valoración efectuada por el Juzgador "a quo" tanto en lo que se refiere a los días de incapacidad, como a las secuelas, y lo hace sobre la base de la documentación obrante en los autos -fundamentalmente los informes del médico forense, D. Jose Enrique , y los del Dr. Federico -, pretendiendo que prevalezca la interpretación que realiza de tales documentos sobre las conclusiones razonadas y ratificadas en el acto del Juicio, del único perito, especialista en traumatología, el Dr. Juan Ignacio , que ha emitido un dictamen pericial médico en el proceso, sin que el hecho de que dicho perito fuese propuesto por la parte actora le prive de validez, teniendo en...

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