SAP Murcia 297/2005, 23 de Noviembre de 2005

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2005:2048
Número de Recurso260/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución297/2005
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 297

En la ciudad de Murcia, a veintitrés de noviembre de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, rollo nº 260/05, dimanante del Juicio Verbal tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia y seguido entre D. Ildefonso como demandante y la aseguradora Patria Hispana, S.A. como demandada, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandada, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. De La Peña Abellán, siendo dirigida la parte apelada por el también Letrado Sr. Madrid García y siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 9/2/05 dictó sentencia , cuyo fallo es del tenor siguiente:

"Estimando en parte la demanda interpuesta por Don Ildefonso contra La Patria Hispana, S.A., de Seguros y Reaseguros, debo:

  1. ) Condenar y condeno a la demandada a que pague a la actora la cantidad de 1.038,91 euros máslos intereses legales desde la interpelación judicial.

  2. ) Cada parte pagará sus costas y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para votación y fallo del recurso el día de hoy, quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los dos apartados del art. 109 del vigente C.P . definen la obligación reparatoria de las consecuencias dañosas y perjudiciales de cualquier infracción constitutiva de delito o falta, así como la posibilidad de que el perjudicado exija la responsabilidad civil ante la jurisdicción de esa naturaleza.

En el supuesto ahora enjuiciado, el demandante y aquí apelado, Sr. Ildefonso , fue denunciado en 6/2/00 a raíz de su intervención como conductor en cierto hecho de la circulación, solicitándose para el mismo por la Defensa de la denunciante, según consta en el segundo...

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