SAP Murcia 210/2005, 20 de Julio de 2005

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2005:1504
Número de Recurso163/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución210/2005
Fecha de Resolución20 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 210

En la ciudad de Murcia, a veinte de Julio de dos mil cinco.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 188/04 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil nº 2 de Yecla entre las partes, como actora y ahora apelados Don Claudio y Doña Almudena , representados por la Procuradora Doña María Isabel Pérez Capilla y defendidos por la Letrada Doña Clara Pérez García, y como partes demandadas y ahora apelantes "Fiatc, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija" y Don Carlos Daniel , representados por los Procuradores Don Manuel Azorín García y Don Vicente Marcilla Onate y defendidos por los Letrados Doña Isabel Ortega Ortuño y Don José Manuel Zapater Ibañez. Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 27 de Enero de 2005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Señor Alonso Martínez en nombre y representación de Dª Almudena y D. Claudio , debo condenar y condeno a D. Carlos Daniel y la Compañía de Seguros Fiatc a abonar al actor 4.216´95 € en los términos señalados en el fundamento de derecho tercero, más los intereses legales declarados en el fundamento de derecho quinto y todo ello expresa condena en costas a las partes demandadas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpusieron recurso de apelación los co-demandados, basado el planteado por la aseguradora en exclusión de la cobertura aseguratoria y disconformidad con el quantum indemnizatoria. El otro apelante discrepa también de la cuantía indemnizatoria.

Admitidos a trámite los recursos, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose a los mismos, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 163/05 de Rollo. En proveído del día 8 de Julio de 2005 se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima en su integridad la acción de culpa extracontractual ejercitada por los actores Don Claudio y Doña Almudena al amparo de lo dispuesto en el artículo 1902 del Código Civil contra los co- demandados Don Carlos Daniel y la compañía de seguros "Fiatc" en reclamación de los daños derivados de los trabajos de derribo y desescombro de referencia, las citadas partes demandadas, disconformes con el mencionado pronunciamiento judicial, comparecen en esta alzada interesando la compañía de seguros la revocación de dicha sentencia en base a los siguientes motivos: de un lado, alega la exclusión de la cobertura aseguratoria, y de otra parte la disconformidad con la cuantía reclamada. El recurrente Sr. Carlos Daniel discrepa también del quantum indemnizatorio, así como de la aplicación de la franquicia aseguratoria.

SEGUNDO

Concretada en los...

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