SAP Murcia 167/2005, 17 de Junio de 2005

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2005:1328
Número de Recurso71/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución167/2005
Fecha de Resolución17 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 167

En la ciudad de Murcia, a diecisiete de junio de dos mil cinco.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal nº 308/2004 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil nº 1 de Yecla entre las partes, como actora y ahora apelado Don Juan Luis , representado por el Procurador Sr. Martínez Polo y defendido por la Letrada Sra. Martínez Vidal y como demandada y ahora apelante Don Felipe , representado por el Procurador Sr. Alonso Martínez y defendido por el Letrado Sr. Tomás Vizcaíno. Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 21 de octubre de 2004 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Que estimando la demanda presentada a instancia de Don Juan Luis , condeno a Don Felipe , Don Carlos José y a la entidad Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, a que solidariamente indemnicen a la parte actora en la cuantía de mil ciento veintiún euros con nueve céntimos (1.121,09 euros), intereses legales, y costas del procedimiento, así como a la entidad aseguradora Fiatc Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija a satisfacer los intereses moratorios correspondientes, los cuales se impondrán de oficio por el juzgador y consistirán en el pago de un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento en que se devenguen, incrementado en el 50%.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación Don Felipe basado en error en la valoración de la prueba.

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 71/2005 de Rollo. En proveído del día 13 de junio de 2005 se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima en su integridad la acción de culpa extracontractual ejercitada por el actor Don Juan Luis contra los demandados Don Felipe , Don Carlos José y Compañía de Seguros Fiatc Mutua de Seguros Generales, en reclamación de la cantidad de

1.121,09 euros, como consecuencia de los daños sufridos en el accidente de circulación de referencia, la citada parte demandada, disconforme con el mencionado pronunciamiento judicial, comparece en esta alzada interesando la revocación de dicha sentencia y el dictado de otra que le absuelva libremente, por entender que el Juez de...

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