SAP Asturias 171/2005, 4 de Mayo de 2005

PonenteMARIA PILAR MURIEL FERNANDEZ-PACHECO
ECLIES:APO:2005:1327
Número de Recurso33/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución171/2005
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 171/05

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000033 /2005

Iltmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

Doña Maria del Pilar Muriel Fernández Pacheco

En Oviedo a, Cuatro de Mayo de dos mil cinco.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de JUICIO VERBAL 231/2004, procedentes del JDO. 1A.INST. E INSTRUCCION N. 5 de AVILES , Rollo 33/2005, entre partes, como Apelante/s DON Jesús Ángel representado por el procurador de los tribunales DOÑA CRISTINA RAMOS GUTIERREZ, y bajo la dirección letrada de DON ANTONIO FERNANDEZ URRUTIA, y como Apelado/s DON Evaristo representado por el procurador de los Tribunales DON LUIS ALBERTO PRADO GARCÍA, y bajo la dirección letrada de DOÑA CARMEN EVA PÉREZ ORDIERES; y como Apelado Impugnante DON Tomás .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado 5 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha nueve de Septiembre de dos mil cuatro cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Pdor. Sr. Gutiérrez Alonso en representación de Jesús Ángel contra Tomás representado por el Pdor. Sr. Casielles Pérez, y contra Evaristo representado por el pdor. Sr. García Angulo absolviendo a los demandados de las pretensiones frente a ellos ejercitadas.

No se imponen las costas a ninguna de las partes debiendo cada uno abonar las causadas a suinstancia y las comunes por mitad".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, por DON Tomás se formuló escrito de oposición e impugnación, en los términos que figuran en el escrito que obra unido a autos. De dicho escrito se dio traslado a la parte apelante, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Dictándose Providencia con señalamiento para el día tres de Mayo de dos mil cinco, quedando los autos tras la votación y fallo para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña Maria del Pilar Muriel Fernández Pacheco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión que se plantea en el presente recurso, pasa por la valoración de la prueba pericial aportada con la demanda, para acreditar que los daños que alega el actor y hoy apelante, le han sido causados en el cuarto de baño de su vivienda, como consecuencia de las obras ejecutadas en el local de negocio, ubicado en la planta inmediata inferior.

La sentencia, valora dicha prueba en relación con las demás practicadas, llegando a la conclusión de no estimar acreditada la relación de...

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