SAP Barcelona 297/2005, 13 de Mayo de 2005

PonenteJUAN BAUTISTA CREMADES MORANT
ECLIES:APB:2005:4955
Número de Recurso422/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución297/2005
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN TRECE

ROLLO Nº 422/2004-AL

VERBAL Nº 551/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE HOSPITALET DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A N ú m. 297

Ilmos. Sres.

D./Dª. JOAN CREMADES MORANT

D./Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPIN

D./Dª. MARIA ANGELS GOMIS MASQUE

D./Dª. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a trece de Mayo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 551/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Hospitalet de Llobregat, a instancia de D/Dª. Jose Manuel, contra D/Dª. Oscar ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandado contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de Marzo de 2.004, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Bernaus Vidorreta, en nombre y representación de DON Jose Manuel, contra DON Oscar, represenetado por la Procuradora Sra. Portabella Omedes, debo condenar y condeno al demandado a abonar al demandante la cantidad de MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS, sin que haya lugar en esta resolución a hacer pronunciamiento alguno sobre el importe de la reparación del horno, pudiendo el demandado en su caso reclamarlo en el procedimiento declarativo que corresponda. Cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 26 de Abril de 2.005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia. VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. JOAN CREMADES MORANT, Presidente de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda rectora va encaminada a la resolución del contrato de arrendamiento de

19.3.2003 sobre la vivienda sita en la C/ DIRECCION000, NUM000, NUM001, NUM001 de L'Hospitalet de Llobregat por falta de pago de la renta correspondiente a los meses de marzo (en parte, 201'63 Euros) abril, mayo y junio del 2003 (a razón de 480'81 Euros) y gastos comunitarios asumidos (54 Euros) - a cuya pretensión renunció por resolución posterior en julio del 2003 - y a la condena al arrendatario al pago del total de las referidas sumas (1.899'69 Euros), reclamando posteriormente la parte proporcional de julio (hasta el día 23), y consignándose en la demanda la posibilidad de enervar; a dicha pretensión se opuso el demandado...

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