SAP Barcelona 425/2005, 15 de Junio de 2005

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2005:6344
Número de Recurso468/2004
Número de Resolución425/2005
Fecha de Resolución15 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA N ú m. 425

Ilmos. Sres.

D./Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLAN

D./Dª. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

D./Dª. Mª LUISA GUZMAN ORIOL

En la ciudad de Barcelona, a quince de junio de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procediment Ordinari nº 667-2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 57 de Barcelona , a instancia de D/Dª. Joaquín , contra D/Dª. Rafael , USP INSTITUT DEXEUS S.A. , ICATME SERVICIOS MÉDICOS S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 25 de febrero de 2004 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo en su integridad la demanda interpuesta por Joaquín contra ICATME, Rafael y UPS INSTITUT DEXEUS y, en consecuencia: a) Absuelvo a los codemandados de los pedimentos formulados en su contra.

2) Impongo las costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 31 de marzo de 2005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLAN .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovió la parte actora las presentes actuaciones reclamando la indemnización de daños y perjuicios derivados de una actuación médica, frente al cirujano, clínica y sociedad prestataria de los servicios médicos. Formulada oposición de contrario, tras los trámites procesales oportunos recayó sentencia desestimando la demanda. Contra la sentencia se alzó la parte actora.

SEGUNDO

Para la adecuada resolución del recurso es preciso resaltar los siguientes hechos probados: El apelante jugador profesional de fútbol en Inglaterra, sufrió a los 24 años ( en la actualidad de 53 años ), una lesión de rotura de los meniscos de su rodilla derecha, de la que fue intervenido; con posterioridad sufrió varias intervenciones por artroscopia para la asepsia y limpieza de la rodilla derecha. Ante el estado de la rodilla, degeneración parcial de los cartílagos y meniscos, rotura crónica, se puso en contacto con la Clínica ICATME, Servicios Médicos S.L. que a través del Dr. Vilarubias, en nombre de dicha clínica, lo derivó al Dr. Rafael , médico dependiente, en aquél momento de dicho centro. Tras los trámites y análisis oportunos como alternativa a una prótesis total de rodilla, propuso una nueva artroscopia, aceptada la propuesta por el paciente se practicó en las instalaciones hospitalarias de la Clínica Dexeus. La operación se practicó el 2-5-00 correctamente y con sujección a la lex artis ad hoc, siendo dado de alta al dia siguiente. Con posterioridad al alta se le detectó...

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