SAP Barcelona 399/2005, 28 de Abril de 2005
Ponente | JOSE MARIA PIJUAN CANADELL |
ECLI | ES:APB:2005:4220 |
Número de Recurso | 350/2004 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 399/2005 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 10ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DÉCIMA
ROLLO APELACIÓN NÚM. 350/2004
PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚM. 69/2003
JUZGADO DE LO PENAL NÚM. 22 DE BARCELONA
S E N T E N C I A No.
Ilmos. Sres.
D. JOSE MARIA PIJUAN CANADELL
D. JOSÉ MARIA PLANCHAT TERUEL
D. SANTIAGO VIDAL MARSAL
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de abril de dos mil cinco.
VISTO, en grado de apelación, ante la SECCIÓN DÉCIMA de esta Audiencia Provincial, el presente rollo núm. 350/2004 dimanante del Procedimiento Abreviado núm. 69/2003 procedente del Juzgado de lo Penal núm. 22 de Barcelona, seguido por los delitos contra la seguridad del tráfico, lesiones y desobediencia contra Bruno, que penden ante este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del referido acusado
contra la sentencia dictada en los mismos el día catorce de enero de dos mil cuatro por el Ilmo. Sr. Juez
del expresado Juzgado, habiendo comparecido en calidad de apelado el Ministerio Fiscal.
La parte dispositiva de la sentencia apelada, en lo que importa a los efectos del presente recurso, es del tenor literal siguiente:
" En atención a lo expuesto debo condenar y condeno a Don/Doña Bruno como autor responsable de una falta de lesiones por imprudencia leve sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de diez meses de privación del permiso de conducción de vehículos de motor y ciclomotores, así como de la posibilidad de obtener tal permiso durante el mismo periodo, y a la pena de 20 días de multa con cuota diaria de 12 euros. Se establece responsabilidad subsidiaria personal en caso de impago de la multa de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
Condenándole a las costas del procedimiento.
En atención a lo expuesto debo absolver y absuelvo a Don/Doña Bruno, de un delito de desobediencia grave a la autoridad o sus agentes, de un delito contra la seguridad del tráfico y de un delito de lesiones de los que venia acusado."
Admitido el recurso, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal que informó en el sentido de oponerse al recurso e interesar la confirmación de la sentencia recurrida, tras lo cual se remitieron los autos originales a este Tribunal, donde se designó Magistrado ponente y se señaló la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista por no haberla solicitado la parte apelante ni estimarla necesaria el Tribunal, quedando los autos pendientes de resolución.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JOSE MARIA PIJUAN CANADELL, quien expresa el parecer del Tribunal.
HECHOS PROBADOS
SE ACEPTA el relato de hechos probados que se contiene en la sentencia recurrida.
El recurso se fundamenta en un solo motivo referido al error en la apreciación de la prueba por no haber tenido en cuenta el Juez de lo Penal el perdón otorgado por el perjudicado don Jose Pablo ....
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Las Palmas 164/2013, 22 de Julio de 2013
...del delito de desobediencia por el que fue condenado en la instancia. Criterio que ha sido mantenido en SS. AP. Barcelona 10-3-2004 y 28-4-2005, entre Por todo ello, procede la estimación del recurso de apelación interpuesto y la revocación de la sentencia apelada declarando de oficio las c......