SAP Barcelona 342/2005, 9 de Junio de 2005

PonenteMARGARITA BLASA NOBLEJAS NEGRILLO
ECLIES:APB:2005:6088
Número de Recurso740/2004
Número de Resolución342/2005
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D./Dª. ANNA MARIA GARCIA ESQUIUS

D./Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

D./Dª. MARIA DOLORES VIÑAS MAESTRE

En la ciudad de Barcelona, a nueve de junio de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Separación nº 834/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Barcelona , a instancia de D/Dª. Marta , contra D/Dª. Ildefonso ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de Mayo de 2.004, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª. Silvia Alejandre Díaz, en representación de Marta , contra Ildefonso , representado por el Procurador de los Tribunales Dª. Olanda López Graña, debo declarar la separación legal del vínculo matrimonial por ellos formado con todos los efectos legales inherentes a la anterior declaración estableciendo como efectos reguladores de la ruptura del matrimonio los siguientes: Primero.- Procede atribuir el uso del domicilio familiar sito en CALLE000 nº NUM000 NUM001 NUM002 y el ajuar doméstico a la Sra. Marta durante un plazo de seis meses a partir de la fecha de esta sentencia; Segundo.- Procede imponer en concepto de contribución a las cargas familiares el pago por partes iguales del préstamo hipotecario e impuestos que gravan la vivienda común. No procede realizar expresa imposición de las costas procesales. Estas medidas sustituyen a cualesquiera otras que se hubieren adoptado con anterioridad."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a estaAudiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 24 de Mayo de 2.005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la apelante contra la resolución impugnada en cuanto considera escasa la temporalidad del uso de la vivienda que fuera...

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