SAP Barcelona 528/2008, 23 de Octubre de 2008
Ponente | MARIA MERCEDES HERNANDEZ RUIZ-OLALDE |
ECLI | ES:APB:2008:8924 |
Número de Recurso | 124/2008 |
Número de Resolución | 528/2008 |
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 528/08
Ilmos. Sres.
D. VICENTE CONCA PÉREZ
Dª. AMPARO RIERA FIOL
Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE
En la ciudad de Barcelona, a ventitres de Octubre de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 168/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 57 Barcelona, a instancia de D/Dª. Beatriz , contra D/Dª. Serafin ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de octubre de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente como estimo la demanda formulada por la representación procesal de DÑA. Beatriz contra D. Serafin , debo declarar y declaro el derecho de la actora a repercutir al demandado la cantidad de TREINTA Y SIETE EUROS CON UN CÉNTIMO (37,01 euros) mensuales en concepto de importe proporcional de la cantidad invertida en concepto de obras de reparación necesarias, diferencias de coste de servicios y suministros y gastos de portería e incremento del IBI, en las rentas devengadas desde la fecha de la presente resolución; condenándose al demandado al pago de dicha cantidad y desestimándose la demanda en lo demás. No se hace expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose lasactuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 30 de septiembre de 2008.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE.
Se aceptan sustancialmente los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada y
Frente a la sentencia de Instancia que estimó parcialmente la demanda, sin efectuar expresa imposición de costas, se alza el demandado , exponiendo como motivos del recurso: 1) que existía infracción del artc 43 de la LEC, dada la existencia de prejudicialidad civil, pues estaban pendientes de resolver en el otro procedimiento la excepción de falta de litisconsorcio, si debían excluirse las obras de la estructura, y la existencia de una nueva relación jca, al entender que si la sentencia dictada en el procedimiento ordinario se confirmaba , sí se produciría el efecto de cosa juzgada, mas si se revocaba el pronunciamiento del Juzgado quedaría sin efecto .2) infracción del artc 12-2 ( excepción de litisconsorcio pasivo necesario).3) Infracción de los artcs 21 y 19 de la Ley 29/1994 , al hallarnos ante una nueva relación jca de 1 de...
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